domingo, 16 de mayo de 2010

nom-018

MARIANO PALACIOS ALCOCER, Secretario del Trabajo y Previsión Social, con fundamento en los artículos 16 y 40,
fracciones I y XI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 512, 523, fracción I, 524 y 527, último párrafo
de la Ley Federal del Trabajo; 3º, fracción XI, 38, fracción II, 40, fracción VII, 41, 43 a 47 y 52 de la Ley Federal sobre
Metrología y Normalización; 3º, 4º, 79 y 81 del Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo,
3º, 5º y 22, fracciones I, XIII y XV del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y
C O N S I D E R A N D O
Que con fecha 10 de marzo de 2000, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Proyecto de Modificación
de la Norma Oficial Mexicana NOM-114-STPS-1994, Sistema para la identificación y comunicación de riesgos por
sustancias químicas en los centros de trabajo, para quedar como NOM-018-STPS-2000, Sistema para la identificación y
comunicación de peligros y riesgos por sustancias químicas peligrosas en los centros de trabajo;
Que esta Dependencia a mi cargo, con fundamento en el artículo cuarto transitorio, primer párrafo del Reglamento
Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 21
de enero de 1997, ha considerado necesario realizar diversas modificaciones a la referida Norma Oficial Mexicana, las
cuales tienen como finalidad adecuarla a las disposiciones establecidas en el ordenamiento reglamentario mencionado;
Que con fecha 25 de mayo de 1999, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 46, fracción I de la Ley Federal sobre
Metrología y Normalización, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social presentó ante el Comité Consultivo Nacional de
Normalización de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente Laboral, el Anteproyecto de Modificación de la Norma Oficial
Mexicana, y que en esa misma fecha el citado Comité lo consideró correcto y acordó que se publicara como Proyecto
de Modificación en el Diario Oficial de la Federación;
Que con objeto de cumplir con los lineamientos contenidos en el Acuerdo para la desregulación de la actividad
empresarial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de noviembre de 1995, las modificaciones propuestas a
la Norma fueron sometidas por la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial a la opinión del Consejo para la
Desregulación Económica, y con base en ella se realizaron las adaptaciones procedentes, por lo que dicha Dependencia
dictaminó favorablemente acerca de las modificaciones contenidas en la presente Norma;
Que con fecha 10 de marzo de 2000, y en cumplimiento del Acuerdo del Comité, y de lo previsto en el artículo 47,
fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el
Proyecto de Modificación de la presente Norma Oficial Mexicana, a efecto de que, dentro de los siguientes 60 días
naturales a dicha publicación, los interesados presentaran sus comentarios al Comité Consultivo Nacional de
Normalización de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente Laboral;
Que habiendo recibido comentarios de diez promoventes, el Comité referido procedió a su estudio y resolvió
oportunamente sobre los mismos, publicando esta Dependencia las respuestas respectivas en el Diario Oficial de la
Federación el 12 de septiembre de 2000, en cumplimiento a lo previsto por el artículo 47, fracción III de la Ley Federal
sobre Metrología y Normalización;
Que en atención a las anteriores consideraciones y, toda vez que el Comité Consultivo Nacional de Normalización de
Seguridad, Higiene y Medio Ambiente Laboral, otorgó la aprobación respectiva, se expide la siguiente:
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-018-STPS-2000, SISTEMA PARA LA IDENTIFICACION Y COMUNICACION DE
PELIGROS Y RIESGOS POR SUSTANCIAS QUIMICAS PELIGROSAS EN LOS CENTROS DE TRABAJO.
INDICE
1 OBJETIVO
2 CAMPO DE APLICACION
3 REFERENCIAS
4 DEFINICIONES Y SIMBOLOGIA
5 OBLIGACIONES DEL PATRON
6 OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES
7 SISTEMA DE IDENTIFICACION
8 SISTEMA DE CAPACITACION Y COMUNICACION
9 UNIDADES DE VERIFICACION
APENDICE A IDENTIFICACION Y SEÑALIZACION
APENDICE B CAPACITACION Y COMUNICACION
APENDICE C HOJAS DE DATOS DE SEGURIDAD
APENDICE D INSTRUCTIVO DE LLENADO DE LAS HOJAS DE DATOS DE SEGURIDAD
APENDICE E MODELO RECTANGULO
APENDICE F MODELO ROMBO
10 VIGILANCIA
11 BIBLIOGRAFIA
12 CONCORDANCIA CON NORMAS INTERNACIONALES
TRANSITORIOS
GUIA DE REFERENCIA LISTADO DE SUSTANCIAS CON CLASIFICACION DE TIPO Y GRADO DE
RIESGO
1 OBJETIVO
Establecer los requisitos mínimos de un sistema para la identificación y comunicación de peligros y riesgos por
sustancias químicas peligrosas, que de acuerdo a sus características físicas, químicas, de toxicidad,
concentración y tiempo de exposición, puedan afectar la salud de los trabajadores o dañar el centro de trabajo.
2 CAMPO DE APLICACION
2.1 Esta Norma rige en todo el territorio nacional y aplica en todos los centros de trabajo en los que se manejen,
transporten o almacenen sustancias químicas peligrosas.
2.2 Esta Norma no es aplicable a los productos terminados que se encuentran listos para su comercialización, ni
en el transporte vehicular fuera del centro de trabajo; en estos casos, se debe dar cumplimiento a lo
establecido en la legislación en materia de comercio, salud y comunicaciones y transportes.
2.3 Esta Norma no aplica para productos cuyo grado de riesgo en salud, inflamabilidad y reactividad sea 0 (cero),
según los criterios establecidos en los Apéndices E o F.
3 REFERENCIAS
Para la correcta interpretación de esta Norma, deben consultarse las siguientes normas oficiales mexicanas
vigentes:
NOM-008-SCFI-1993, Sistema general de unidades de medida.
NOM-004-SCT2-1994, Sistema de identificación de unidades destinadas al transporte terrestre de materiales y
residuos peligrosos.
NOM-005-STPS-1998, Relativa a las condiciones de seguridad en los centros de trabajo para el manejo,
transporte y almacenamiento de sustancias químicas peligrosas.
NOM-010-STPS-1999, Condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se manejen,
transporten, procesen o almacenen sustancias químicas capaces de generar contaminación en el medio
ambiente laboral.
4 DEFINICIONES Y SIMBOLOGIA
4.1 Definiciones.
Para efectos de esta Norma, se establecen las definiciones siguientes:
a) autoridad del trabajo; autoridad laboral: las unidades administrativas competentes de la Secretaría
del Trabajo y Previsión Social, que realicen funciones de inspección en materia de seguridad e higiene en
el trabajo, y las correspondientes de las entidades federativas y del Distrito Federal, que actúen en
auxilio de aquéllas.
b) carcinógeno; cancerígeno: agente químico, físico o biológico que al actuar sobre un tejido viviente
puede causar una malignidad.
c) concentración letal media (CL50): es la concentración de una sustancia como gas, vapor, neblina o
polvo en el aire, calculada estadísticamente, a cuya exposición se espera que mueran el 50% de los
animales de experimentación. Cuando se trata de vapores o gases, se expresa en ppm y cuando son
polvos o neblinas se expresa en mg/l o en mg/m3.
d) condiciones normales de operación: son todas aquellas actividades y procesos seguros que se
efectúan rutinariamente en un centro de trabajo utilizando materias primas, maquinaria y equipo en
circunstancias físicas seguras.
e) condiciones de emergencia: son aquellas situaciones que alteran las condiciones de seguridad
normales de trabajo y que requieren de una atención inmediata. Estas condiciones pueden afectar a los
trabajadores, a los centros de trabajo y al medio ambiente laboral y es necesaria la intervención de
cuerpos de respuesta a emergencias.
f) contratista: patrón o trabajador ajeno al centro de trabajo que labora temporalmente en éste, y que está
involucrado directa o indirectamente con el proceso, y que con motivo de su trabajo puede agregar o
incrementar factores de riesgo.
g) densidad: es la relación de masa por unidad de volumen de una sustancia dada.
h) dosis letal media (DL50): es la cantidad de una sustancia (miligramos o gramos por kilogramo corporal
del sujeto de prueba) obtenida estadísticamente, y que administrada por vía oral o dérmica, matará al
50% de un grupo de animales de experimentación.
i) hoja de datos de seguridad (HDS): es la información sobre las condiciones de seguridad e higiene
necesarias, relativa a las sustancias químicas peligrosas, que sirve como base para programas escritos
de comunicación de peligros y riesgos en el centro de trabajo.
j) identificación: es una representación gráfica que proporciona información de seguridad e higiene, que
contiene el nombre de la sustancia química peligrosa, el color de seguridad, la forma geométrica de la
señal, el tipo y grado de riesgo, o la simbología del equipo de protección personal que se debe usar.
k) incompatibilidad: es la característica de aquellas sustancias químicas que al mezclarse entre si,
debido a sus propiedades físicas o químicas, pueden generar una reacción en cadena, peligrosa para el
trabajador, el centro de trabajo, el equilibrio ecológico o el ambiente.
l) inmediatamente peligroso para la vida y la salud (IPVS): es una concentración que representa una
amenaza inmediata para la vida, y que puede producir efectos adversos irreversibles para la salud en un
período de 30 minutos, o que puede afectar la capacidad de una persona para escapar de una atmósfera
peligrosa.
m) límite inferior de inflamabilidad; explosividad inferior: es la concentración mínima de cualquier
vapor o gas (% por volumen de aire), que se inflama o explota si hay una fuente de ignición presente a la
temperatura ambiente.
n) límite superior de inflamabilidad; explosividad superior: es la concentración máxima de cualquier
vapor o gas (% por volumen de aire), que se inflama o explota si hay una fuente de ignición presente a la
temperatura ambiente.
o) método de mitigación: es un conjunto de técnicas y procedimientos específicos para el control de los
peligros y riesgos inherentes a las sustancias químicas peligrosas; por fugas o derrames tales como,
absorción, adsorción, neutralización, recubrimiento, confinamiento, dilución, taponamiento y dispersión,
entre otros.
p) mutágeno; mutagénico: sustancia química capaz de alterar la estructura genética en un organismo y
provocar cambios físicos o funcionales en generaciones subsecuentes.
q) peligro: es la capacidad intrínseca de una sustancia química para generar un daño.
r) peso molecular: es la masa de una sustancia expresada en g/mol.
s) polimerización peligrosa: es una reacción química en la que dos o más moléculas de la misma
sustancia química peligrosa o al contacto con otras, se combinan para formar moléculas más grandes,
lo que genera una liberación descontrolada de energía y puede provocar incendios o explosiones.
t) porcentaje de volatilidad: es la proporción de volumen de una sustancia química peligrosa que se
evapora a 21 ºC.
u) potencial de hidrógeno (pH): es la concentración de iones hidronio, que representa la acidez o
alcalinidad de una sustancia, dentro de una escala del 0 al 14.
v) presión de vapor: es la presión ejercida por un vapor saturado sobre su propio líquido en un recipiente
cerrado, a 101.3 kPa y a 21 oC.
w) rango de inflamabilidad: es el porcentaje de mezclas de vapor o de gas inflamable en aire,
comprendido entre los límites superior e inferior de inflamabilidad.
x) reactividad; inestabilidad: es la posibilidad que tiene una sustancia para liberar energía.
y) riesgo: es la probabilidad de que una sustancia química peligrosa afecte la salud de los trabajadores o
dañe el centro de trabajo.
z) riesgo a la salud: es la probabilidad de que una sustancia química peligrosa pueda causar directa o
indirectamente lesión temporal, permanente o la muerte del trabajador por ingestión, inhalación o
contacto.
aa) riesgo de inflamabilidad: es la probabilidad que tienen las sustancias químicas para arder en función
de sus propiedades físicas y químicas.
bb) riesgo de reactividad: es la probabilidad que tienen las sustancias químicas para liberar energía al
entrar en contacto con otras, y que varía al modificar las condiciones de presión y temperatura.
cc) símbolo: es la representación de un concepto definido mediante una imagen.
dd) solubilidad en agua: es la propiedad de algunas sustancias químicas para disolverse en agua.
ee) sustancias químicas peligrosas: son aquéllas que por sus propiedades físicas y químicas, al ser
manejadas, transportadas, almacenadas o procesadas presentan la posibilidad de riesgos a la salud, de
inflamabilidad, de reactividad o especiales, y pueden afectar la salud de las personas expuestas o
causar daños materiales a las instalaciones.
ff) temperatura de autoignición: es la temperatura mínima a la que una sustancia química entra en
combustión en ausencia de chispa o llama.
gg) temperatura de ebullición: es la temperatura a la que la presión de vapor de un líquido, es igual a la
presión atmosférica.
hh) temperatura de fusión: es la temperatura a la cual una sustancia sólida cambia de estado y se
convierte en líquida.
ii) temperatura de inflamación: es la temperatura mínima a la cual los materiales combustibles o
inflamables desprenden una cantidad suficiente de vapores para formar una mezcla inflamable, la cual se
enciende aplicando una fuente de ignición, pero que no es suficiente para sostener una combustión.
jj) teratógeno; teratogénico: es toda sustancia que causa defectos de nacimiento no hereditarios.
kk) toxicidad: es la capacidad de una sustancia para causar daño a la salud a un organismo vivo.
ll) velocidad de evaporación: es el cambio de estado por presión o temperatura, de una cantidad de
sustancia líquida o sólida a vapor en un determinado tiempo. El valor de esta velocidad tiene como base
el de la sustancia de referencia.
4.2 Simbología:
a) CL50: concentración letal media.
b) °C: grados Celsius. Unidad de temperatura del sistema internacional.
c) CO2: bióxido de carbono.
d) DBO: demanda bioquímica de oxígeno.
e) DQO: demanda química de oxígeno.
f) DL50: dosis letal media.
g) oF: grados Farenheit. Unidad de temperatura del sistema inglés.
h) HDS: hojas de datos de seguridad.
i) IPVS: inmediatamente peligroso para la vida y la salud. Sus siglas en inglés son IDLH (immediately
dangerous to life or health).
j) kPa: kilopascal. Unidad de presión.
k) LMPE-PPT: límite máximo permisible de exposición promedio ponderado en el tiempo.
l) LMPE-CT: límite máximo permisible de exposición de corto tiempo.
m) LMPE-P: límite máximo permisible de exposición pico.
n) mg/l: miligramo por litro. Unidad de concentración.
o) mg/m3: miligramo por metro cúbico. Unidad de concentración.
p) mg/kg: miligramo por kilogramo. Unidad de concentración.
q) No. CAS: número asignado por el “Chemical Abstract Service” de los Estados Unidos de América.
r) No. ONU: número de identificación para el transporte de las sustancias químicas peligrosas asignado
por la Organización de las Naciones Unidas.
s) pH: potencial de hidrógeno.
t) ppm: partes por millón. Unidad de concentración.
u) SCBA: son las siglas de “Self Contained Breathing Apparatus”, que en español significa aparato de
respiración autónomo.
v) W/ml: es la unidad de la densidad de potencia instantánea (IPD), la cual se calcula como el producto de
la entalpia de descomposición entre la reacción y la tasa inicial de reacción, determinada a 250 º C, y
representa la cantidad de energía por unidad de tiempo y por unidad de volumen, expresada en watts por
mililitros.
5 OBLIGACIONES DEL PATRON
5.1 Mostrar a la autoridad del trabajo cuando así lo solicite, la información y documentos que la presente Norma le
obligue a elaborar o poseer.
5.2 Identificar los depósitos, recipientes y áreas que contengan sustancias químicas peligrosas o sus residuos,
con el señalamiento que se establece en el Capítulo 7.
5.3 Comunicar los peligros y riesgos a todos los trabajadores del centro de trabajo y al personal de los contratistas
que estén expuestos a sustancias químicas peligrosas, de acuerdo al sistema de identificación establecido en
el Capítulo 7, y mantener un registro de los trabajadores que hayan sido informados.
5.4 Conocer el grado de peligrosidad y los riesgos de las sustancias químicas peligrosas que se utilizan en el
centro de trabajo, por lo que se debe cumplir con lo siguiente:
a) contar con las HDS para todas las sustancias químicas peligrosas que se utilicen en el centro de
trabajo de acuerdo a lo establecido en el Apéndice C;
b) entregar a sus clientes las HDS de las sustancias químicas peligrosas que ellos adquieran, para lo cual
deben requerir acuse de recibo.
5.5 Capacitar y adiestrar en el sistema de identificación y comunicación de peligros y riesgos cumpliendo con:
a) proporcionar por lo menos una vez al año capacitación a todos los trabajadores que manejen sustancias
químicas peligrosas y cada vez que se emplee una nueva sustancia química peligrosa en el centro de
trabajo, o se modifique el proceso;
b) mantener el registro de la última capacitación dada a cada trabajador;
c) entregar las respectivas constancias de capacitación a los trabajadores que así lo soliciten.
6 OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES
6.1 Participar en la comunicación y en la capacitación proporcionada por el patrón y seguir las instrucciones del
sistema de identificación y comunicación de peligros y riesgos de las sustancias químicas peligrosas.
6.2 Informar al patrón de cualquier condición de riesgo que detecten y que no puedan corregir por sí mismos
siguiendo los procedimientos correspondientes.
7 SISTEMA DE IDENTIFICACION
7.1 Para identificar los peligros y riesgos de las sustancias químicas peligrosas, se debe utilizar a elección del
patrón, el modelo rectángulo o el modelo rombo y cumplir con la señalización e identificación, conforme a lo
establecido en el Apéndice A.
7.1.1 Modelo rectángulo: de acuerdo a lo establecido en el Apéndice E.
7.1.2 Modelo rombo: de acuerdo a lo establecido en el Apéndice F.
7.2 Sistema alternativo: el patrón puede utilizar un sistema alternativo a los modelos rectángulo y rombo, que
cumpla con el objetivo y finalidad de la presente Norma, previa autorización que otorgue la Secretaría del
Trabajo y Previsión Social a través de la Dirección General de Seguridad e Higiene en el Trabajo, conforme a lo
establecido en el artículo 49 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 8° del Reglamento Federal
de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo.
8 SISTEMA DE CAPACITACION Y COMUNICACION
Este sistema de capacitación y comunicación de peligros y riesgos por sustancias químicas peligrosas debe
constar de:
a) identificación y señalización de riesgos de acuerdo al Capítulo 7;
b) capacitación y comunicación a los trabajadores de acuerdo al Apéndice B;
c) las HDS para las sustancias químicas peligrosas que se usen en el centro de trabajo de acuerdo a los
Apéndices C y D.
9 UNIDADES DE VERIFICACION
9.1 El patrón tendrá la opción de contratar una unidad de verificación acreditada y aprobada, según lo establecido
en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, para verificar el cumplimiento de esta Norma.
9.2 Las unidades de verificación podrán verificar el cumplimiento de esta Norma en los Apartados 5.2, 5.3 , 5.4 y
5.5.
9.3 La unidad de verificación debe entregar al patrón el dictamen de acuerdo a lo establecido en el Apartado 9.5.
9.4 La vigencia de los dictámenes favorables emitidos por las unidades de verificación será de dos años, mientras
no se adicionen sustancias químicas peligrosas a las utilizadas en el centro de trabajo.
9.5 Los dictámenes que emitan las unidades de verificación deben contener como mínimo la siguiente información:
9.5.1 Datos del centro de trabajo evaluado:
a) nombre, denominación o razón social;
b) domicilio completo;
c) nombre y firma del representante legal.
9.5.2 Datos de la unidad de verificación:
a) nombre, denominación o razón social de la unidad de verificación;
b) número de acreditación otorgado por la entidad de acreditación;
c) número de aprobación otorgado por la STPS;
d) clave y nombre de la norma verificada;
e) fecha en que se otorgó la acreditación y aprobación;
f) determinación del grado de cumplimiento del centro de trabajo con la presente Norma y en su caso,
salvedades que determine la unidad de verificación;
g) resultado de la verificación;
h) nombre y firma del representante legal;
i) lugar y fecha de la firma;
j) vigencia del dictamen.
APENDICE A
IDENTIFICACION Y SEÑALIZACION
El presente Apéndice tiene como objetivo establecer el sistema de identificación y señalización de peligros y
riesgos de las sustancias químicas peligrosas, a fin de proporcionar a los trabajadores información visual
inmediata para prevenir daños a su salud y al centro de trabajo.
A.1 Contenido del sistema de identificación:
a) en la parte superior del modelo rectángulo el nombre común, el nombre químico o el código de la
sustancia química peligrosa y en el modelo rombo de acuerdo a lo establecido en F.5, inciso a);
b) esquematización del modelo utilizado con sus componentes, de acuerdo a los Apéndices E o F, según
sea el caso;
c) en la parte inferior del modelo rectángulo, los símbolos o letras del equipo de protección personal a usar
de acuerdo al peligro o riesgo de la sustancia química peligrosa y al proceso utilizado, y en el modelo
rombo de acuerdo a lo establecido en F.5, inciso b);
d) puede ser incluida información complementaria en el entorno del modelo, mientras no genere una
inadecuada interpretación del sistema.
A.2 La señalización debe cumplir con:
a) estar marcada, impresa, pintada o adherida al recipiente o colocada en el área a señalar;
b) que las letras, números y símbolos que se utilicen, sean en los colores establecidos en la Tabla A.1;
TABLA A.1
COLORES DE FONDO Y COLORES CONTRASTANTES
COLOR DE FONDO
COLOR CONTRASTANTE DE LETRAS, NUMEROS Y
SIMBOLOS
ROJO BLANCO
AZUL BLANCO
AMARILLO NEGRO
BLANCO NEGRO
c) ser de material resistente e indeleble, de acuerdo a las condiciones a las que deba estar expuesta, para
que no se alteren ni la información ni los colores de la misma.
A.3 Las señales se deben colocar en lugares visibles de manera que no queden ocultas y de acuerdo a lo
siguiente:
a) en caso de que se emplee una sola sustancia química peligrosa en todo el almacén, se puede señalizar
por área o por recipiente;
b) para una misma sustancia química peligrosa en una estiba, se puede señalizar la estiba, su área o los
recipientes;
c) para diferentes sustancias químicas peligrosas compatibles, en un mismo anaquel o estiba, las opciones
serán:
1) señalizar cada uno de los recipientes;
2) señalizar las partes del anaquel o las áreas de la estiba.
c) en áreas de proceso, todos los recipientes que contengan sustancias químicas peligrosas deben
permanecer señalizados;
d) los recipientes en los que se trasladen las sustancias químicas peligrosas dentro del centro de trabajo
deben estar señalizados.
A.4 Equipo de protección personal. Para especificar la obligación respecto del uso de equipo de protección
personal, se debe tomar en cuenta lo siguiente:
a) las propiedades físicas y químicas de las sustancias químicas peligrosas;
b) la vía de ingreso al cuerpo humano de la sustancia química peligrosa de acuerdo a la siguiente lista:
1) ingestión;
2) inhalación;
3) contacto.
c) el manejo de la sustancia química peligrosa.
APENDICE B
CAPACITACION Y COMUNICACION
B.1 La comunicación sobre los peligros y riesgos debe ser clara, veraz y sencilla en el sistema usado en el centro
de trabajo, e impartirse a todos los trabajadores.
B.2 La capacitación otorgada a los grupos de respuesta a emergencias debe ser conforme a lo establecido en la
NOM-005-STPS-1998.
B.3 La capacitación debe ser impartida a todos los trabajadores involucrados en el uso de sustancias químicas
peligrosas y debe incluir como mínimo:
a) la clasificación de los grados de riesgo y tipos de peligro de cada sustancia química peligrosa;
b) la interpretación de los colores, números, letras y símbolos del sistema de identificación y comunicación
de peligros y riesgos;
c) la interpretación de las letras o símbolos del equipo de protección personal específico que debe usar el
trabajador;
d) la información y contenido de las HDS;
e) la información acerca de la persona a quién consultar en caso de duda.
APENDICE C
HOJAS DE DATOS DE SEGURIDAD
C.1 Generalidades.
C.1.1 Todos los centros de trabajo deben tener la HDS de cada una de las sustancias químicas peligrosas que en él
se manejen, y estar disponibles permanentemente para los trabajadores involucrados en su uso, para que
puedan contar con información inmediata para instrumentar medidas preventivas o correctivas en el centro de
trabajo.
C.1.2 Las HDS deben estar en idioma español. El formato es libre y debe contener, al menos, la información
establecida en este Apéndice.
C.1.3 La información debe ser confiable, para que su uso normal reditúe en una atención adecuada para el cuidado de
la vida y la salud humana o para controlar una emergencia.
C.1.4 No se deben dejar espacios en blanco. Si la información requerida no es aplicable o no está disponible, se
anotarán las siglas NA o ND respectivamente, según sea el caso, y se deberá anotar al final de la HDS, la
fuente o fuentes de referencia que se utilizaron en su llenado.
C.1.5 La HDS debe ser actualizada en caso de existir nuevos datos referidos a la sustancia química peligrosa.
C.2 Contenido de la HDS.
C.2.1 Título: hoja de datos de seguridad. HDS y el nombre de la sustancia. En todas las páginas de la HDS debe
aparecer, arriba a la derecha, el nombre de la sustancia.
SECCION I Datos generales de las HDS:
a) fecha de elaboración;
b) fecha de actualización;
c) nombre o razón social de quien elabora la HDS;
d) datos generales del fabricante o importador de la sustancia química peligrosa;
e) a donde comunicarse en caso de emergencia.
SECCION II Datos de la sustancia química peligrosa, contemplando al menos:
a) nombre químico o código;
b) nombre comercial;
c) familia química;
d) sinónimos;
e) otros datos relevantes.
SECCION III Identificación de la sustancia química peligrosa:
III.1 Identificación:
a) No. CAS;
b) No. ONU;
c) LMPE-PPT, LMPE-CT y LMPE-P;
d) IPVS(IDLH).
III.2 Clasificación de los grados de riesgo:
a) a la salud;
b) de inflamabilidad;
c) de reactividad;
d) especial.
III.3 De los componentes riesgosos: nombre y porcentaje de los componentes riesgosos,
incluyendo su identificación y la clasificación de los grados de riesgo, conforme a lo
establecido en los apartados III.I y III.2 de este Apéndice.
SECCION IV Propiedades físicas y químicas:
a) temperatura de ebullición;
b) temperatura de fusión;
c) temperatura de inflamación;
d) temperatura de autoignición;
e) densidad;
f) pH;
g) peso molecular;
h) estado físico;
i) color;
j) olor;
k) velocidad de evaporación;
l) solubilidad en agua;
m) presión de vapor;
n) porcentaje de volatilidad;
o) límites de inflamabilidad o explosividad;
1) límite superior;
2) límite inferior;
p) otros datos relevantes.
SECCION V Riesgos de fuego o explosión:
V.1 Medio de extinción:
a) agua;
b) espuma;
c) CO2;
d) polvo químico;
e) otros medios.
V.2 Equipo de protección personal específico a utilizar en labores de combate de incendios.
V.3 Procedimiento y precauciones especiales durante el combate de incendios.
V.4 Condiciones que conducen a otro riesgo especial.
V.5 Productos de la combustión que sean nocivos para la salud.
SECCION VI Datos de reactividad:
VI.1 Condiciones de:
a) estabilidad;
b) inestabilidad.
VI.2 Incompatibilidad.
VI.3 Productos peligrosos de la descomposición.
VI.4 Polimerización espontánea.
VI.5 Otras condiciones que se deben procurar durante el uso de la sustancia química peligrosa, a
fin de evitar que reaccione.
SECCION VII Riesgos a la salud y primeros auxilios:
VII.1 Según la vía de ingreso al organismo:
a) ingestión;
b) inhalación;
c) contacto.
VII.2 Sustancia química considerada como:
a) carcinogénica;
b) mutagénica;
c) teratogénica.
VII.3 Información complementaria:
a) CL50;
b) DL 50.
VII.4 Emergencia y primeros auxilios.
VII.4.1 Medidas precautorias en caso de:
a) ingestión;
b) inhalación;
c) contacto.
VII.4.2 Otros riesgos o efectos a la salud.
VII.4.3 Antídotos.
VII.4.4 Otra información importante para la atención médica primaria.
SECCION VIII Indicaciones en caso de fuga o derrame.
VIII.1 Procedimiento y precauciones inmediatas.
VIII.2 Método de mitigación.
SECCION IX Protección especial específica para situaciones de emergencia.
IX.1 Equipo de protección personal específico.
SECCION X Información sobre transportación. De acuerdo con:
X.1 El Reglamento para el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos.
X.2 La NOM-004-SCT2-1994.
X.3 Las Recomendaciones de la Organización de las Naciones Unidas, para el Transporte de
Mercancías Peligrosas.
X.4 La Guía Norteamericana de Respuesta en Casos de Emergencia.
SECCION XI Información sobre ecología.
XI De acuerdo con las disposiciones de la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y
Pesca, en materia de agua, aire, suelo y residuos peligrosos.
SECCION XII Precauciones especiales:
XII.1 Para su manejo, transporte y almacenamiento.
XII.2 Otras precauciones.
APENDICE D
INSTRUCTIVO DE LLENADO DE LAS HOJAS DE DATOS DE SEGURIDAD
SECCION I Datos generales que se deben anotar en las HDS:
a) fecha de elaboración de la HDS;
b) fecha de la última actualización de la HDS;
c) el nombre o razón social de quien elabora la HDS;
d) el nombre y domicilio completo del fabricante o importador;
e) la persona física o moral con quien comunicarse, y el número de teléfono que pueda ser
utilizado en caso de emergencia durante las 24 horas del día.
SECCION II Datos que se deben anotar de la sustancia química peligrosa:
a) su nombre químico o código de acuerdo a la designación científica desarrollado por la Unión
Internacional de Química Pura y Aplicada (IUPAC);
b) su nombre comercial;
c) la familia química a la que pertenece;
d) los sinónimos con que se le conoce;
e) otra información cuyo conocimiento se considere importante.
SECCION III Datos de identificación de la sustancia química peligrosa, que se deben anotar:
III.1 Identificación:
a) el número CAS, que es el número establecido por la Chemical Abstracts Service;
b) el número ONU, que es el número asignado a la sustancia química peligrosa, según las
Recomendaciones de la Organización de las Naciones Unidas para el Transporte de
Mercancías Peligrosas;
c) anotar los valores del límite máximo permisible de exposición, establecido en la NOM-010-
STPS-1999, con relación al:
1) límite máximo permisible de exposición promedio ponderado en el tiempo (LMPE-PPT);
2) límite máximo permisible de exposición para corto tiempo
(LMPE-CT);
3) límite máximo permisible de exposición pico (LMPE-P);
d) valor del IPVS (IDLH).Como referencia se puede usar el Pocket Guide to Chemical
Hazards.
Nota: Se puede utilizar otra fuente de información adicional para los incisos c) y d), indicando
su procedencia.
III.2 Clasificación del grado de riesgo.
Anotar el sistema seleccionado que puede ser el modelo rombo o rectángulo u otro. En caso
de ser otro, deberá ser autorizado por la Dirección General de Seguridad e Higiene en el
Trabajo, indicando la justificación y los valores de salud, inflamabilidad, reactividad, riesgos
especiales y en su caso, el equipo de protección personal necesario.
III.3 De los componentes riesgosos.
Cuando cambien las propiedades de los componentes de la mezcla se reportará como
producto final, y en el caso de que no cambien las propiedades individuales de los mismos se
desglosarán individualmente, anotando los nombres químicos de todos los componentes de la
sustancia que se ha determinado como tóxica y cuyo porcentaje sea mayor o igual al 1% de la
composición. Cuando sea secreta, reporte la familia química.
SECCION IV Datos de las propiedades físicas y químicas, que se deben anotar
IV.1 Los valores correspondientes de acuerdo a sus propiedades físicas y químicas.
SECCION V Datos de los riesgos de fuego o explosión que deben anotarse:
V.1 Los agentes extinguidores recomendados y, en su caso, los prohibidos.
V.2 El equipo de protección personal que se debe utilizar para el combate de incendios.
V.3 Los pasos del procedimiento de combate de incendios y las precauciones especiales que se
deban tomar.
V.4 las condiciones que conduzcan a que la sustancia química peligrosa genere un riesgo
especial.
V.5 Si existe generación de productos durante su combustión como: gases, humos o vapores
nocivos para la salud.
SECCION VI Datos de reactividad que deben anotarse:
VI.1 Si se trata de una sustancia química peligrosa estable o inestable.
VI.2 Si la sustancia química peligrosa presenta incompatibilidad con otras sustancias, debiendo
especificar de que sustancias se trata.
VI.3 Si la sustancia química peligrosa puede generar productos peligrosos de descomposición y
cuales son.
VI.4 Qué condiciones se deben evitar para no generar un riesgo de polimerización de la sustancia
química peligrosa.
VI.5 Otras condiciones que se deben evitar durante el uso de la sustancia química peligrosa a fin de
evitar que no reaccione.
SECCION VII Riesgos a la salud:
VII.1 Anotar los datos más sobresalientes de los efectos por exposición aguda a la sustancia
química peligrosa, por cada vía de entrada al organismo.
VII.2 Anotar los datos más sobresalientes de los efectos por exposición crónica a la sustancia
química peligrosa, e indicar si es considerada carcinogénica, mutagénica o teratogénica.
VII.3 Anotar la información complementaria de la concentración letal media y de la dosis letal media.
Sí se cuenta con información adicional de pruebas hechas en laboratorios sobre concentración
letal media y dosis letal media, indicar el dato.
VII.4 Datos de emergencia y primeros auxilios que se deben anotar.
VII.4.1 Los procedimientos para la aplicación de los primeros auxilios para las diferentes vías
de entrada al organismo;
VII.4.2 Si existen otros riesgos o efectos a la salud;
VII.4.3 El antídoto en caso de existir;
VII.4.4 Otra información importante para la atención médica primaria y las contraindicaciones
pertinentes.
SECCION VIII Indicaciones que se deben anotar en caso de fuga o derrame:
VIII.1 Los procedimientos y precauciones especiales que se requieren para los casos de fugas
o derrames.
VIII.2 Los métodos de mitigación para controlar la sustancia.
SECCIÓN IX Protección especial para situaciones de emergencia.
IX.1 Anotar el equipo de protección personal específico a utilizar en estos casos.
SECCION X Datos de la información sobre transportación que se deben anotar.
X.1 Lo relativo al transporte por vías generales de comunicación terrestres y sus servicios auxiliares
conexos, con relación al Reglamento para el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos
Peligrosos, de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
X.2 La clase de riesgo de transporte de la sustancia química peligrosa de acuerdo a la NOM-004-
SCT2-1994.
X.3 El número asignado a la sustancia química peligrosa que se encuentra en las
Recomendaciones de la Organización de las Naciones Unidas para el Transporte de
Mercancías Peligrosas.
X.4 La información correspondiente a la sustancia que se establezca en la Guía Norteamericana de
Respuesta en Caso de Emergencia, indicando el número y año de edición.
SECCION XI Datos de la información sobre ecología que se deben anotar.
XI Indicar el comportamiento de la sustancia química peligrosa cuando se libera al aire, agua o
suelo y sus efectos en flora y fauna.
SECCION XII Precauciones especiales:
XII.1 Anotar lo relativo a las precauciones que se deben tomar en el manejo, transporte y
almacenamiento de la sustancia.
XII.2 Si es necesario tomar en cuenta alguna otra precaución especial, menciónela.
APENDICE E
MODELO RECTANGULO
E.1 La esquematización del sistema debe ser por medio de un rectángulo como lo muestra la figura E1, según las
dimensiones mínimas establecidas en la Tabla E.1.
TABLA E.1
TAMAÑO MINIMO DEL SISTEMA DE IDENTIFICACION (MODELO RECTANGULO)
CAPACIDAD DEL RECIPIENTE EN
LITROS O KILOGRAMOS
DIMENSIONES MINIMAS DE LA SEÑAL,
EN CENTÍMETROS
(BASE X ALTURA)
MAYOR DE 200 21 x 28
MAYOR DE 50 HASTA 200 14 x 21
MAYOR DE 18 HASTA 50 10 x 14
MAYOR DE 3.8 HASTA 18 7 x 10
Notas:
Para recipientes con capacidad hasta de 3.8 litros o kilogramos (1 galón), el patrón definirá un tamaño
proporcional al modelo y la señal debe ser visible en función de las dimensiones del recipiente.
Para recipientes fijos mayores de 30000 litros, se debe definir el tamaño mínimo de la señal como si fuera área
según el Apartado E.5, por lo que dependerá de la distancia máxima de observación, respetando las proporciones
en el modelo establecido en la Tabla E 1.
E.2 El rectángulo se debe dividir en cinco renglones como lo muestra la figura E.1, con los colores de fondo y
constrastante de acuerdo a la Tabla A.1, con el siguiente orden:
a) riesgo a la salud, en color azul;
b) riesgo de inflamabilidad, en color rojo;
c) riesgo de reactividad, en color amarillo;
d) la identificación del equipo de protección personal, en color blanco.
E.3 Se debe clasificar a la sustancia de acuerdo con los criterios de clasificación de grados de riesgos establecidos en
las Tablas E.2, E.3 y E.4.
E.4 Equipo de protección personal.
E.4.1 Las obligaciones de uso de equipo de protección personal, deben desarrollarse con base en lo siguiente:
a) la rutina de uso del material;
b) el contacto del trabajador con la sustancia química peligrosa;
c) las vías de ingreso al cuerpo como son:
1) ingestión;
2) inhalación;
3) contacto.
d) el nivel de concentración del contaminante en el ambiente laboral.
E.4.2 Para identificar el equipo de protección personal se pueden utilizar los símbolos del equipo de protección personal,
o codificar con una letra de identificación que defina las diferentes combinaciones del equipo de protección
personal a utilizar, según lo establecido en la Tabla E.5.
E.5 Sí se señala el área, las dimensiones deben ser tales que su superficie y la distancia máxima de observación se
apeguen a la siguiente relación:
2000
S L
2
³
donde:
S es la superficie de la señal, en m2
L es la distancia máxima de observación de la señal, en m
Esta relación sólo se aplica para distancias de 5 a 50 metros. Para distancias menores a 5 metros, el área de
las señales será como mínimo de 125 cm2. Para distancias mayores a 50 metros, el área de las señales será,
al menos, de 12500 cm2.
E.6 Variables permitidas en el modelo rectángulo:
a) agregar un sexto renglón para anotar los riesgos especiales con fondo en color blanco y texto en color
contrastante, según lo establecido en la Tabla A.1;
b) no usar el recuadro para el número de grado de riesgo, el número del grado de riesgo debe ser en el color
contrastante del color de fondo, según lo establecido en la Tabla A.1;
c) en el renglón quinto, se pueden agregar los símbolos equivalentes a las letras del equipo de protección
personal, según lo establecido en la Tabla E.5;
d) adicionar una letra con una clasificación especial y específica para el equipo de protección personal
recomendado por el patrón para proteger al trabajador de cierto tipo de exposición.
FIGURA E.1
EJEMPLO DE IDENTIFICACION DEL MODELO RECTANGULO
NOMBRE COMUN, NOMBRE QUIMICO O CODIGO DE LA SUSTANCIA
RECUADRO BLANCO
(No. DEL GRADO DE RIESGO EN COLOR NEGRO)
TEXTO: SALUD
(FONDO EN COLOR AZUL)
RECUADRO BLANCO
(No. DEL GRADO DE RIESGO EN COLOR NEGRO)
TEXTO: INFLAMABILIDAD
(FONDO EN COLOR ROJO)
RECUADRO BLANCO
(No. DEL GRADO DE RIESGO EN COLOR NEGRO)
TEXTO: REACTIVIDAD
(FONDO EN COLOR AMARILLO)
RECUADRO BLANCO
(LETRA O LETRAS DE IDENTIFICACION DEL EQUIPO DE
PROTECCION PERSONAL)
TEXTO: EQUIPO DE PROTECCION
PERSONAL
(FONDO EN COLOR BLANCO)
NOTA: Los textos deben ir en color contrastante de acuerdo a la Tabla A.1.
TABLA E.2
CRITERIOS DE CLASIFICACION DE GRADOS DE RIESGO
A LA SALUD (MODELO RECTANGULO)
Grado
de
riesgo
Característica de la sustancia química peligrosa
4 Severamente peligroso. Por una o repetidas exposiciones puede amenazar la vida o causar un daño mayor o
permanente. Corrosivo, con efectos irreversibles en la piel; extremadamente irritante y que persiste más de 7
días.
Concentraciones:
Oral; DL50 rata: hasta 1 mg/kg
Piel; DL50 conejo o rata: hasta 20 mg/kg
Inhalación; CL50 rata: hasta 0.2 mg/l o hasta 20 ppm
3 Seriamente peligroso. Lesión grave probablemente de atención rápida y tomar tratamiento médico. Muy
irritante o con efectos reversibles en piel o cornea (opacidad) que persisten más de 7 días.
Concentraciones:
Oral; DL50 rata: mayor que 20 hasta 50 mg/kg
Piel; DL50 conejo: mayor que 20 hasta 200 mg/kg
Inhalación; CL50 rata: mayor que 0.2 hasta 2 mg/l o mayor que 20 hasta 200 ppm
2 Moderadamente peligroso. Puede ocasionar una lesión temporal o menor. Moderadamente irritante, reversible
dentro de 7 días.
Concentraciones:
Oral; DL50 rata: mayor que 50 hasta 500 mg/kg
Piel; DL50 conejo o rata: mayor que 200 hasta 1,000 mg/kg
Inhalación; CL50 rata: mayor que 2 hasta 20 mg/l o mayor que 200 hasta 1,000 en ppm
1 Ligeramente peligroso. Irritación o posible lesión reversible. Ligeramente irritante, reversible dentro de 7 días.
Concentraciones:
Oral; DL50 rata: mayor que 500 hasta 5,000 mg/kg
Piel; DL50 conejo o rata: mayor que 1,000 hasta 5,000 mg/kg
Inhalación; CL50 rata: mayor que 20 hasta 200 mg/l o mayor que 2,000 hasta 10,000 en ppm
0 Mínimamente peligroso. No significa un riesgo para la salud. Esencialmente no irritante.
Concentraciones:
Oral; DL50 rata: mayor que 5,000 mg/kg
Piel; DL50 conejo o rata: mayor que 5,000 mg/kg
Inhalación; CL50 rata: mayor que 200 mg/l o mayor que 10,000 ppm
TABLA E.3
CRITERIOS DE CLASIFICACION DE GRADOS DE RIESGO
DE INFLAMABILIDAD (MODELOS RECTANGULO Y ROMBO)
Grado
de
riesgo
Característica de la sustancia química peligrosa
4 Sustancias que vaporizan rápida o completamente a presión atmosférica y a temperatura ambiente normal o
que se dispersan con facilidad en el aire y que arden fácilmente, éstas incluyen:
· Gases inflamables
· Sustancias criogénicas inflamables.
· Cualquier líquido o sustancia gaseosa que es líquida mientras está bajo presión, y que tiene un punto de
ignición por debajo de 22.8ºC (73ºF) y un punto de ebullición por debajo de 37.8ºC (100ºF).
· Sustancias que arden cuando se exponen al aire.
· Sustancias que arden espontáneamente.
3 Líquidos y sólidos que pueden arder bajo casi todas las condiciones de temperatura ambiente, estos incluyen:
· Líquidos que tienen un punto de ignición por debajo de 22.8ºC (73ºF) y un punto de ebullición igual o mayor
que 37.8ºC (100ºF), y aquellos líquidos que tienen un punto de ignición igual o mayor que 22.8ºC(73ºF) y
un punto de ebullición por debajo de 37.8ºC (100ºF).
· Sustancias que de acuerdo a su forma física o a las condiciones ambientales pueden formar mezclas
explosivas con el aire y que se dispersan con facilidad en el aire.
· Sustancias que se queman con extrema rapidez, porque usualmente contienen oxígeno.
2 Sustancias que deben ser precalentadas moderadamente o expuestas a temperaturas ambiente relativamente
altas, antes de que pueda ocurrir la ignición. Las sustancias en este grado de clasificación no forman
atmósferas peligrosas con el aire bajo condiciones normales, pero bajo temperaturas ambiente elevadas o bajo
calentamiento moderado, podrían liberar vapor en cantidades suficientes para producir atmósferas peligrosas
con el aire, estas incluyen:
· Líquidos que tienen un punto de ignición igual o mayor que 37.8ºC(100ºF) y por debajo de 93.4ºC(200ºF).
· Sustancias sólidas en forma de polvo que se queman con facilidad, pero que generalmente no forman
atmósferas explosivas con el aire.
· Sustancias sólidas en forma de fibras que se queman con facilidad y crean peligro de fuego, como el
algodón, henequén y cáñamo.
· Sólidos y semisólidos que despiden fácilmente vapores inflamables.
1 Sustancias que deben ser precalentadas antes de que ocurra la ignición. requieren un precalentamiento
considerable bajo todas las condiciones de temperatura ambiente, antes de que ocurra la ignición y
combustión, éstas incluyen:
· Sustancias que se quemarán en el aire cuando se expongan a una temperatura de 815.5ºC(1500ºF) por un
período de 5 minutos o menos.
· Líquidos, sólidos y semisólidos que tengan un punto de ignición igual o mayor que 93.4ºC(200ºF).
· Líquidos con punto de ignición mayor que 35ºC(95ºF) y que no sostienen la combustión cuando son
probados usando el Método de Prueba para Combustión Sostenida .
· Líquidos con punto de ignición mayor que 35ºC(95ºF)en una solución acuosa o dispersión en agua con
líquido/sólido no combustible en contenido de más del 85% por peso.
· Líquidos que no tienen punto de fuego cuando son probados por el método ASTM D 92, Standard Test
Method for Flash Point and Fire Point by Cleveland Open Cup, hasta el punto de ebullición del líquido o
hasta una temperatura en la cual muestra bajo prueba un cambio físico evidente.
· La mayoría de las sustancias combustibles ordinarias.
0 Sustancias que no se quemarán, éstas incluyen cualquier material que no se quemará en aire, cuando sea
expuesto a una temperatura de 815.5ºC (1,500ºF), durante un período mayor de 5 minutos.
TABLA E.4
CRITERIOS DE CLASIFICACION DE GRADOS DE RIESGO
DE REACTIVIDAD (MODELOS RECTANGULO Y ROMBO)
Grado
de
riesgo
Característica de la sustancia química peligrosa
4 Con facilidad son capaces de detonar o sufrir una detonación explosiva o reacción explosiva a temperaturas y
presiones normales, se incluye a los materiales que son sensibles al choque térmico o al impacto mecánico a
temperatura y presión normales.
· Sustancias que tienen una densidad de poder instantáneo (producto del calor de reacción y rango de
reacción) a 250ºC(482ºF) de 1,000 W/ml o mayor.
3 Sustancias que por sí mismas son capaces de detonación o descomposición o reacción explosiva, pero que
requieren una fuente de iniciación o que deben ser calentadas bajo confinamiento antes de su iniciación, éstas
incluyen:
· Sustancias que tienen una densidad de poder instantáneo a 250ºC(482ºF) igual o mayor que 100 W/ml y por
debajo de 1,000 W/ml.
· Sustancias que son sensibles al choque térmico o impacto mecánico a temperaturas y presiones elevadas.
· Sustancias que reaccionan explosivamente con el agua sin requerir calentamiento o confinamiento.
2 Sustancias que sufren con facilidad un cambio químico violento a temperaturas y presiones elevadas, éstas
incluyen:
· Sustancias que tienen una densidad de poder instantáneo a 250ºC(482ºF) igual o mayor que 10 W/ml y por
debajo de 100 W/ml.
· Sustancias que reaccionan violentamente con el agua o forman mezclas potencialmente explosivas con el
agua.
1 Sustancias que por sí mismas son estables normalmente, pero que pueden convertirse en inestables a ciertas
temperaturas y presiones, éstas incluyen:
· Sustancias que tienen una densidad de poder instantáneo a 250ºC(482ºF) igual o mayor de 0.01 W/ml y por
debajo de 10 W/ml.
· Sustancias que reaccionan vigorosamente con el agua, pero no violentamente.
· Sustancias que cambian o se descomponen al exponerse al aire, la luz o la humedad.
0 Sustancias que por sí mismas son estables normalmente, aún bajo condiciones de fuego, éstas incluyen:
· Sustancias que tienen una densidad de poder instantáneo a 250ºC(482ºF) por debajo de 0.01 W/ml.
· Sustancias que no reaccionan con el agua.
· Sustancias que no exhiben una reacción exotérmica a temperaturas menores o iguales a 500ºC(932ºF)
cuando son probadas por calorimetría diferencial (differential scanning calorimetry).
TABLA E.5
LETRAS DE IDENTIFICACION DEL EQUIPO DE PROTECCION PERSONAL
Letra de
identificación
Equipo
A Anteojos de seguridad
B Anteojos de seguridad y guantes
C Anteojos de seguridad, guantes y mandil
D Careta, guantes y mandil
E Anteojos de seguridad, guantes y respirador para polvos
F Anteojos de seguridad, guantes, mandil y respirador para polvos
G Anteojos de seguridad, guantes y respirador para vapores
H Goggles para salpicaduras, guantes, mandil y respirador para vapores
I Anteojos de seguridad, guantes y respirador para polvos y vapores
J Goggles para salpicaduras, guantes, mandil y respirador para polvos y vapores
K Capucha con línea de aire o equipo SCBA, guantes, traje completo de protección y botas
X Consulte con el supervisor las indicaciones especiales para el manejo de estas sustancias
Nota: Se pueden utilizar una o más letras de identificación.
APENDICE F
MODELO ROMBO
F.1 El esquema del sistema debe ser un rombo, como lo muestra la figura F.1.
F.2 El rombo debe tener cuatro divisiones como lo muestra la figura F.1, con los colores de fondo y contrastante de
acuerdo a la Tabla A.1, con el siguiente orden:
a) riesgo a la salud, en color azul;
b) riesgo de inflamabilidad, en color rojo;
c) riesgo de reactividad, en color amarillo;
d) riesgos especiales, en color blanco.
F.3 Se debe clasificar a la sustancia de acuerdo con los criterios de clasificación de grado de riesgo establecidos en
las Tablas E.3, E.4 y F.1.
F.4 Para identificar los riesgos especiales se debe:
a) usar las letras OXI para indicar la presencia de una sustancia oxidante;
b) usar el símbolo W para indicar que una sustancia puede tener una reacción peligrosa al entrar en
contacto con el agua;
c) opcionalmente usar las letras o símbolos del equipo de protección personal.
F.5 Variables permitidas en el modelo rombo:
a)agregar el nombre de la sustancia en el entorno de la figura;
b)agregar las letras o símbolos del equipo de protección personal, en un recuadro, en el entorno del modelo, con
fondo color blanco, y letras y símbolos en color contrastante, según lo establecido en la Tabla A.1.
TABLA F.1
TAMAÑO MINIMO DEL SISTEMA DE IDENTIFICACION (MODELO ROMBO)
DISTANCIA MINIMA DE
A
(en cm)
DISTANCIA MINIMA DE B
(en cm)
ALTURA MÍNIMA DEL
NUMERO DEL GRADO
DE RIESGO
(en cm)
DISTANCIA A LA CUAL
LA SEÑAL ES VISIBLE
L
(en m)
6.2 3.1 2.5 Hasta 15
12.5 6.2 5.0 Hasta 23
18.7 9.3 7.6 Hasta 30
25.0 12.5 10.1 Hasta 60
37.5 18.7 15.2 Mayor que 60
donde:
A es la longitud del rombo externo
B es la longitud de los rombos internos
Nota: Para distancias menores a 15 metros, el patrón definirá el tamaño de la señal, legible y proporcional al modelo
A
B
FIGURA F.1
EJEMPLO DE IDENTIFICACION DEL MODELO ROMBO
NOTA: Los colores contrastantes de las letras, números y símbolos de riesgos, deben escribirse conforme a la Tabla
A.1.
TABLA F.1
CRITERIOS DE CLASIFICACION DE GRADOS DE RIESGO
A LA SALUD (MODELO ROMBO)
Grado de
riesgo
Característica de la sustancia química peligrosa
4 Sustancias que bajo condiciones de emergencia, pueden ser letales. Los siguientes criterios deben
considerarse en la clasificación:
· Gases cuya CL50 de toxicidad aguda por inhalación sea menor o igual a 1,000 ppm
· Cualquier líquido cuya concentración de vapor saturado a 20ºC sea igual o mayor que diez veces su
CL50 para toxicidad aguda por inhalación, siempre y cuando su CL50 sea menor o igual a 1,000 ppm
· Polvos y neblinas cuya CL50 para toxicidad aguda por inhalación sea menor o igual a 0.5 mg/l
· Sustancias cuya DL50 para toxicidad dérmica aguda sea menor o igual a 40 mg/kg
· Sustancias cuya DL50 para toxicidad oral aguda sea menor o igual a 5 mg/kg
3 Sustancias que bajo condiciones de emergencia, pueden causar daños serios o permanentes. Los
siguientes criterios deben considerarse en la clasificación:
· Gases cuya CL50 de toxicidad aguda por inhalación sea mayor que 1,000 ppm, pero menor o igual a
3,000 ppm
INFLAMABILIDAD
CON FONDO COLOR
ROJO Y EL NUMERO DEL
GRADO DE RIESGO EN
SALUD
CON FONDO COLOR
AZUL Y EL NUMERO DEL
GRADO DE RIESGO EN
RIESGOS
ESPECIALES
CON FONDO COLOR
REACTIVIDAD
CON FONDO COLOR
AMARILLO Y EL
NUMERO DEL GRADO DE
· Cualquier líquido cuya concentración de vapor saturado a 20ºC sea igual o mayor que su CL50 para
toxicidad aguda por inhalación, siempre y cuando su CL50 sea menor o igual a 3,000 ppm y que no
cumpla los criterios para el grado 4 de peligro.
· Polvos y neblinas cuya CL50 para toxicidad aguda por inhalación sea mayor que 0.5 mg/l, pero menor
o igual a 2 mg/l
· Sustancias cuya DL50 para toxicidad dérmica aguda sea mayor que 40 mg/kg, pero menor o igual a
200 mg/kg
· Sustancias que sean corrosivas al tracto respiratorio
· Sustancias que sean corrosivas a los ojos o que causen opacidad corneal irreversible
· Sustancias que sean irritantes y/o corrosivas severas para la piel
· Sustancias cuya DL50 para toxicidad oral aguda sea mayor que 5 mg/kg, pero menor o igual a 50
mg/kg
2 Sustancias que bajo condiciones de emergencia, pueden causar incapacidad temporal o daño residual.
Los siguientes criterios deben considerarse en la clasificación:
· Gases cuya CL50 de toxicidad aguda por inhalación sea mayor que 3,000 ppm, pero menor o igual a
5,000 ppm
· Cualquier líquido cuya concentración de vapor saturado a 20ºC sea igual o mayor que un quinto de su
CL50 para toxicidad aguda por inhalación, siempre y cuando su CL50 sea menor o igual a 5,000 ppm y
que no cumpla los criterios para los grados 3 o 4 de peligro
· Polvos y neblinas cuya CL50 para toxicidad aguda por inhalación sea mayor que 2 mg/l y menor o
igual a 10 mg/l
· Sustancias cuya DL50 para toxicidad dérmica aguda sea mayor que 200 mg/kg, y menor o igual a
1,000 mg/kg
· Sustancias que sean irritantes al tracto respiratorio
· Sustancias que causen irritación y daño reversible en los ojos
· Sustancias que sean irritantes primarios de la piel o sensibilizantes
· Sustancias cuya DL50 para toxicidad oral aguda sea mayor que 50 mg/kg, y menor o igual a 500
mg/kg
1 Sustancias que bajo condiciones de emergencia pueden causar irritación significativa. Los siguientes
criterios deben considerarse en la clasificación:
· Gases cuya CL50 de toxicidad aguda por inhalación sea mayor que 5,000 ppm, y menor o igual a
10,000 ppm
· Polvos y neblinas cuya CL50 para toxicidad aguda por inhalación sea mayor que 10 mg/l, y menor o
igual a 200 mg/l
· Sustancias cuya DL50 para toxicidad dérmica aguda sea mayor que 1,000 mg/kg, y menor o igual a
2,000 mg/kg
· Sustancias que sean ligeramente irritantes al tracto respiratorio, ojos y piel
· Sustancias cuya DL50 para toxicidad oral aguda sea mayor que 500 mg/kg, y menor o igual a 2,000
mg/kg
0 Sustancias que bajo condiciones de emergencia, no ofrecen mayor peligro que el de los materiales
combustibles ordinarios. Los siguientes criterios deben considerarse en la clasificación:
· Gases cuya CL50 de toxicidad aguda por inhalación sea mayor que 10,000 ppm
· Polvos y neblinas cuya CL50 para toxicidad aguda por inhalación sea mayor que 200 mg/l
· Sustancias cuya DL50 para toxicidad dérmica aguda sea mayor que 2,000 mg/kg
· Sustancias cuya DL50 para toxicidad oral aguda sea mayor que 2,000 mg/kg
· Sustancias no irritantes del tracto respiratorio, ojos y piel
10 VIGILANCIA
La vigilancia en el cumplimiento de la presente Norma Oficial Mexicana, corresponde a la Secretaría del Trabajo y
Previsión Social.
11 BIBLIOGRAFIA
a) Hazardous Materials Identification System (HMIS). Paint e Coatings Association. Second edition, 1996,
Chicago, USA.
b) NFPA 704. - Standard System for the Identification of the Fire Hazards of Materials, 1990, U.S.A.
c) Pocket Guide to Chemical Hazards. U.S. Departament of Health and Human Services, Center for Disease
Control and Prevention, National Institute for Occupational Safety and Health (NIOSH), 1997, USA.
d) CONVENIO 170, Sobre la seguridad en la utilización de los productos químicos en el trabajo. Organización
Internacional del Trabajo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de Diciembre de 1992.
e) Method of Testing for Sustained Combustibility, 49 CFR Part 173 Appendix H.
f) UN recommendations on the Transport of Dangerous Goods, 8ª. Edición Revisada.
12 CONCORDANCIA CON NORMAS INTERNACIONALES
Esta Norma no concuerda con ninguna norma internacional por no existir referencia alguna al momento de su
elaboración.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- La presente Norma entrará en vigor a los sesenta días siguientes a su publicación en el Diario Oficial de la
Federación.
SEGUNDO.- Durante el lapso señalado en el artículo anterior, los patrones cumplirán con la Norma Oficial Mexicana
NOM-114-STPS-1994, Sistema para la identificación y comunicación de riesgos por sustancias químicas en los centros
de trabajo, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de enero de 1996, o bien realizarán las adaptaciones para
observar las disposiciones de la presente Norma y, en este último caso, las autoridades del trabajo proporcionarán a
petición de los interesados, asesoría y orientación para instrumentar su cumplimiento, sin que los patrones se hagan
acreedores a sanciones por el incumplimiento de la Norma en vigor.
Dado en la ciudad de México, a los tres días del mes de octubre de dos mil.
GUIA DE REFERENCIA
CLASIFICACIÓN DE TIPO Y GRADO DE RIESGO DE ALGUNAS SUSTANCIAS QUIMICAS
El contenido de esta guía es un complemento para la mejor compresión de la Norma y no es de cumplimiento
obligatorio.
Esta guía presenta la clasificación del tipo y grado de riesgo de 931 sustancias químicas, tomando como referencia los
sistemas reconocidos internacionalmente de la National Fire Protection Association (NFPA) y del Hazardous Material
Identification System (HMIS).
Se pueden utilizar los valores de los sistemas antes mencionados, en el sistema de identificación y comunicación de
peligros y riesgos por sustancias químicas peligrosas establecido en esta Norma.
La guía presenta en orden alfabético las sustancias químicas, seguidas por el número CAS, los valores del sistema
NFPA equivalente al modelo rombo en salud (S), inflamabilidad (I), reactividad (R) y riesgos especiales (RE); y por último
los valores del sistema HMIS equivalente al modelo rectángulo; en salud (S), inflamabilidad (I), reactividad (R) y letra del
equipo de protección personal (EPP) necesario.
NFPA HMIS
No. SUSTANCIAS CAS
S I R RE S I R EPP
1 ABATE (temefos) 3383-96-8 2 2 0 3 2 0 E
2 ACEITE DE CASTOR(aceite de ricino) 8001-79-4 0 1 0 0 1 0 A
3 ACEITE DE COCO 8001-31-8 0 1 0 0 1 0 A
4 ACEITE DE CEROSOTA 61789-28-4 2 2 0 2 2 0 A
5 ACEITE DE HIGADO DE BACALAO 8001-26-1 0 1 0 0 1 0 A
6 ACEITE DE MAIZ 8001-30-7 0 1 0 0 1 0 A
7 ACEITE DE MOSTAZA (isotiocianato de alilo) 57-06-7 3 2 0 3 2 0 A
8 ACEITE DE OLIVO 8001-25-0 0 1 0 0 1 0 A
9 ACEITE DE PINO 8002-09-3 0 2 0 0 2 0 A
10 ACEITE MINERAL 8012-95-1 0 1 0 0 1 0 A
11 ACEITE VEGETAL NIEBLA (excepto aceites irritantes) 68956-68-3 1 1 0 1 1 0 A
12 ACETAL (acetaldehido dietyl acetal) 105-57-7 2 3 0 2 3 0 A
13 ACETALDEHIDO(etanal) 75-07-0 3 4 2 4 4 2 K
14 ACETANILIDA(n-fenilacetanida) 103-84-4 3 1 0 3 1 0 A
15 ACETATO DE ALILO( 2-propil acetato) 591-87-7 1 3 0 1 3 0 A
16 ACETATO DE BENCILO 140-11-4 1 1 0 1 1 0 A
17 ACETATO DE BUTILO (butil etanoato) 123-86-4 1 3 0 2 3 0 H
18 ACETATO DE ETILEN GLICOL MONOBUTYL ETER
(2-butoxietanol)
112-07-2 1 2 0 1 2 0 A
19 ACETATO DE ETILO 141-78-6 1 3 0 3 3 0 H
20 ACETATO DE ETOXIETILO 2- 111-15-9 2 2 0 3 2 0 H
21 ACETATO DE FENILO(acetil-fenol) 122-79-2 1 2 0 1 2 0 A
22 ACETATO DE ISOAMILO 123-92-2 1 3 0 1 3 0 B
23 ACETATO DE ISOBUTILO 110-19-0 1 3 0 2 3 0 B
24 ACETATO DE ISOPROPILO 108-21-4 1 3 0 2 3 0 B
25 ACETATO DE METIL CELLOSOLVE( acetato de 2
metoxietilo)
110-49-6 0 2 0 3 2 0 G
26 ACETATO DE METIL FENILO(fenil acetato de metilo) 101-41-7 0 2 0 0 2 0 A
27 ACETATO DE METILAMILO( acetato de hexilo) 591-78-6 1 2 0 1 2 0 B
28 ACETATO DE METILO 79-20-9 1 3 0 2 3 0 D
29 ACETATO DE n-AMILO( 1pentanol acetato) 628-63-7 1 3 0 2 3 0 B
30 ACETATO DE n-PROPILO 109-60-4 1 3 0 2 3 0 B
31 ACETATO DE sec-AMILO 626-38-0 1 3 0 2 3 0 B
32 ACETATO DE sec-BUTILO(1 metil propil acetato) 105-46-4 1 3 0 2 3 0 B
33 ACETATO DE sec-HEXILO 108-84-9 1 2 0 1 2 0 B
34 ACETATO DE ter-BUTILO(ter butil ester del acido
acetico)
540-88-5 1 3 0 1 3 0 B
35 ACETATO DE VINILO,INHIBIDO 108-05-4 2 3 2 4 3 2 G
36 ACETATO FENILMERCURICO, SECO 62-38-4 3 1 0 3 1 0 H
37 ACETATO FENILMERCURICO,SOLUCION
ORGANICA
62-38-4 3 2 0 3 2 0 H
38 ACETILENO (etino) 74-86-2 0 4 3 1 4 3 A
39 ACETOCIANHIDRINA, ESTABILIZADA( 2-
hidroxisobutironitrilo)
75-86-5 4 2 2 4 2 2 J
40 ACETOFENONA(acetilbenceno,metilfenilcetona,1
feniletanona)
98-86-2 1 2 0 3 2 0 H
41 ACETONA (dimetil cetona; 2-propanona) 67-64-1 1 3 0 3 3 0 G
42 ACETONITRILO (cianometanno) 75-05-8 2 3 0 3 3 0 K
43 ACIDO ACETICO, GLACIAL (acido etanoico,acido
etilico)
64-19-7 3 2 0 4 2 0 H
44 ACIDO ACETILSALISILICO(aspirina) 50-78-2 2 1 0 4 1 0 F
45 ACIDO ACRILICO, INHIBIDO (ácido 2-propanoico) 79-10-7 3 2 2 3 2 2 H
46 ACIDO ADIPICO 124-4-9 n
d
1 0 2 1 0 D
47 ACIDO BENZOICO 65-85-0 2 1 n
d
2 1 n
d
A
NFPA HMIS
No. SUSTANCIAS CAS
S I R RE S I R EPP
48 ACIDO BROMHIDRICO( bromuro de hidrogeno) 10035-10-6 3 0 0 3 0 0 H
49 ACIDO BUTIRICO 107-92-6 3 2 0 3 2 0 H
50 ACIDO
CIANHIDRICO,ANHIDRO,ESTABILIZADO,ABSORBID
O( cianuro de hidrogeno,acido prusico)
74-90-8 4 4 2 4 4 2 K
51 ACIDO CIANOACETICO( acido malonico mononitrilo) 372-09-8 3 1 0 3 1 0 J
52 ACIDO CLORHIDRICO(ACIDO
HIDROCLORICO,ACIDO MURIATICO,CLORURO DE
HIDROGENO)
7647-01-0 3 0 1 3 0 0 H
53 ACIDO CLOROACETICO,SOLIDO(acido
cloroetanoico)
79-11-8 3 1 0 3 1 0 J
54 ACIDO CLOROSULFONICO 7790-94-5 4 0 2 W OX 4 0 2 X
55 ACIDO CROMICO,SOLIDO 1333-82-0 3 0 1 OX 3 0 1 F
56 ACIDO CROTONICO(acido beta metacrilico ) 3724-65-0 3 2 0 3 2 0 C
57 ACIDO DICLOROFENOXIACETICO 2,4 94-75-7 2 1 0 4 1 0 J
58 ACIDO DICLOROPROPIONICO 75-99-0 3 1 0 3 1 0 K
59 ACIDO ESTEARICO 57-11-4 1 1 0 1 1 0 A
60 ACIDO FENIL ACETICO 103-82-2 1 1 0 1 1 0 A
61 ACIDO FLUORBORICO(acido tetrafluoroborico) 16872-11-0 3 0 0 3 0 0 H
62 ACIDO FLUORHIDRICO, ANHIDRO( fluoruro de
hidrogeno )
7664-39-3 4 0 1 4 0 1 H
63 ACIDO FORMICO 64-18-6 3 2 0 3 2 0 K
64 ACIDO FOSFORICO 7664-38-2 3 0 0 3 0 0 F
65 ACIDO FTALICO( o-dicarboxibenceno) 88-99-3 0 1 1 0 1 1 F
66 ACIDO HEXANOICO(acido caproico) 142-62-1 2 1 0 2 1 0 H
67 ACIDO ISOBUTIRICO 79-31-2 1 2 0 1 2 0 C
68 ACIDO ISODECANOICO 26403-17-8 0 1 0 0 1 0 A
69 ACIDO ISOOCTANOICO 25103-52-0 0 1 0 0 1 0 A
70 ACIDO METACRILICO,INHIBIDO 79-41-4 3 2 2 3 2 2 K
71 ACIDO NITRICO < o igual 40% 7697-37-2 3 0 0 3 0 0 K
72 ACIDO NITRICO >40% 7697-37-2 4 0 0 OX 3 0 0 K
73 ACIDO NITRICO,FUMANTE 7697-37-2 4 0 1 OX 3 0 1 K
74 ACIDO OLEICO 112-80-1 0 1 0 0 1 0 A
75 ACIDO OXALICO 144-62-7 3 1 0 3 1 0 B
76 ACIDO PENTANOICO, ter (acido pivalico) 75-98-9 2 1 0 2 1 0 E
77 ACIDO PERACETICO,SOLUCION DE (acido
peroxiacetico)
79-21-0 3 2 4 OX 3 2 4 A
78 ACIDO PERCLORICO( > 50 % < 72 %) 7601-90-3 3 0 3 OX 3 0 3 X
79 ACIDO PICRICO HUMEDO CON UN MINIMO DEL 10
% DE AGUA
88-89-1 3 4 4 3 4 4 E
80 ACIDO PROPIONICO 79-09-4 3 2 0 4 2 0 H
81 ACIDO SALICILICO 69-72-7 0 1 0 0 1 0 J
82 ACIDO SULFHIDRICO(sulfuro de hidrogeno) 7783-06-4 4 4 0 3 4 0 H
83 ACIDO SULFURICO 7664-93-9 3 0 2 W 4 0 2 A
84 ACIDO TANICO 1401-55-4 0 1 0 0 1 0 A
85 ACIDO TIOGLICOLICO 68-11-1 3 1 0 3 1 0 K
86 ACIDO TRICLOROACETICO 76-03-9 3 0 0 3 0 0 H
87 ACIDO TRICLOROFENOXIACETICO (2,4,5-T) 93-76-5 2 1 0 4 1 0 E
88 ACIDO TRICLOROISOCIANURICO, SECO 87-90-1 3 0 2 OX 3 0 2 J
89 ACIDO YODHIDRICO,SOLUCION 10034-85-2 0 3 0 0 3 0 J
90 ACRILAMIDA (2-propano amida) 79-06-1 2 2 2 4 2 2 K
91 ACRILATO DE 2-HIDROXIPROPILO( monoacrilato de
propilen glicol)
999-61-1 3 1 2 3 1 2 B
92 ACRILATO DE ETILO, INHIBIDO 140-88-5 2 3 2 4 3 2 H
93 ACRILATO DE GLICIDILO 106-90-1 0 2 0 0 2 0 E
94 ACRILATO DE ISOBUTILO 106-63-8 1 3 1 1 3 1 C
NFPA HMIS
No. SUSTANCIAS CAS
S I R RE S I R EPP
95 ACRILATO DE METILO, INHIBIDO 96-33-3 3 3 2 3 3 2 G
96 ACRILATO DE n BUTILO (butil ester del ácido
acrilico)
141-32-2 2 2 2 W 3 2 2 H
97 ACRILONITRILO,INHIBIDO (ciano etileno) 107-13-1 4 3 2 4 3 2 H
98 ACROLEINA (2 propanal) 107-02-8 4 3 3 4 3 3 K
99 ADIPONITRILO (1,4-dicianobutano) 111-69-3 2 2 1 2 2 1 A
100 AGUARRAS (trementina) 8006-64-2 1 3 0 2 3 0 B
101 ALCANFOR 76-22-2 0 2 0 3 2 0 J
102 ALCOHOL ALILICO (2-propenol) 107-18-6 4 3 1 3 3 1 H
103 ALCOHOL AMILICO(1-pentanol) 71-41-0 1 3 0 1 3 0 J
104 ALCOHOL BENCILICO( hidroxitolueno) 100-51-6 2 1 0 2 1 0 J
105 ALCOHOL DIACETONA 123-42-2 1 2 0 2 2 0 D
106 ALCOHOL ETILICO (etanol, alcohol desnaturalizado)) 64-17-5 0 3 0 4 3 0 H
107 ALCOHOL FENILPROPILICO(alcohol hidrocinamico) 122-97-4 0 1 0 0 1 0 A
108 ALCOHOL FURFURILICO 98-00-0 1 2 1 3 2 1 A
109 ALCOHOL HEXILICO(hexanol) 111-27-3 1 2 0 1 2 0 J
110 ALCOHOL ISOAMILO 123-51-3 1 2 0 3 2 0 H
111 ALCOHOL ISOBUTILICO 78-83-1 1 3 0 3 3 0 H
112 ALCOHOL ISOOCTILICO 26952-21-6 0 2 0 2 2 0 B
113 ALCOHOL ISOPROPILICO( 2propanol) 67-63-0 1 3 0 3 3 0 H
114 ALCOHOL METILICO (metanol) 67-56-1 1 3 0 4 3 0 K
115 ALCOHOL n-BUTILICO (n-butanol) 71-36-3 1 3 0 3 3 0 H
116 ALCOHOL PROPARGILICO 107-19-7 4 3 3 3 3 3 K
117 ALCOHOL PROPILICO (1propanol) 71-23-8 1 3 0 3 3 0 G
118 ALCOHOL sec-BUTILICO (2-butanol) 78-92-2 1 3 0 3 3 0 G
119 ALCOHOL ter-BUTILICO (2-metil-2propanol) 75-65-0 1 3 0 3 3 0 G
120 ALCOHOL VINIL ETILICO (3-buten-1ol) 627-27-0 0 2 0 0 2 0 A
121 ALDOL(3-hidroxibutanal) 107-89-1 3 2 2 J 3 2 2 J
122 ALDRIN EamN SOLUCION (dimetano naftaleno) 309-00-2 3 1 0 4 1 0 K
123 ALGODON (polvos, crudo) RR-00001-1 1 1 0 2 1 0 A
124 ALIL GLICIDIL ETER (1aliloxi-2,3-epoxipropano,eter
glidicil alilico )
106-92-3 2 2 0 3 2 0 K
125 ALILAMINA(2 propen 1 amina) 107-11-9 4 3 1 4 3 1 J
126 ALQUILOS DE LITIO(butil litio) 109-72-8 3 4 2 W 3 4 2 K
127 ALUMINIO 7429-90-5 0 3 1 2 3 1 A
128 AMILAMINAS( pentilamina,1) VARIAS 2 3 0 2 3 0 X
129 AMILBENCENO,TER (terpentilbenceno) 2049-95-8 1 2 0 4 2 0 A
130 AMILMERCAPTANO( n-amill mercaptano,pentanotiol,
pentil mercaptano)
110-66-7 2 3 0 4 3 0 A
131 AMILTOLUENO 1320-01-0 2 2 0 2 2 0 A
132 AMINOFENOLES VARIOS 2 1 0 4 1 0 E
133 AMINOPIRIDINA, (2-aminopiridina) (alfa
aminopiridina)
504-29-0 2 2 0 3 2 0 K
134 AMINOPROPANOL, 3( propanolamina) 156-87-6 3 2 0 4 2 0 J
135 AMONIACO ANHIDRO, (agua de amonia) 7664-41-7 3 1 0 3 1 0 H
136 AMOSITA 12172-73-5 2 0 0 4 0 0 E
137 ANHIDRIDO ACETICO (anhidrido etanoico) 108-24-7 3 2 1 2 2 1 D
138 ANHIDRIDO FTALICO 85-44-9 3 1 0 3 1 0 J
139 ANHIDRIDO ISOBUTIRICO 97-72-3 1 2 1 W 3 2 1 A
140 ANHIDRIDO MALEICO 108-31-6 3 1 1 3 1 1 K
141 ANHIDRIDO PROPIONICO 123-62-6 3 2 1 4 2 1 X
142 ANILINA Y HOMOLOGOS (anilina y homologos)
(aminobenceno)
62-53-3 3 2 0 3 2 0 K
143 ANISIDINA (o-anisidina) (2-anisidina) 90-04-0 2 1 0 3 1 0 K
144 ANISIDINA p (p-metoxilanilina) 104-94-9 2 3 0 3 3 0 K
145 ANISOL 100-66-3 1 2 0
NFPA HMIS
No. SUSTANCIAS CAS
S I R RE S I R EPP
146 ANTIMONIO Y COMPUESTOS DE, INORGANICOS, n
.e.o.m. SOLIDOS (antimonio metal)
7440-36-0 1 1 1 1 1 1
147 ANTU (alfa naftil tiurea) (1 naftil tiurea) 86-88-4 2 1 0 3 1 0 J
148 ARGON 7440-37-1 0 0 0 0 0 0 A
149 ARSENIATOS DE PLOMO 7784-40-9 2 0 0 4 0 0 A
150 ARSENICO (compuestos inorganicos como
As)(arsenico metal)
7440-38-2 3 1 0 4 1 0 F
151 ARSINA (trihidruro arsenico) 7784-42-1 4 4 2 4 4 2 K
152 ASBESTOS VARIOS 2 0 0 4 0 0 E
153 ASFALTO HUMOS (petróleo bitumen) 8052-42-4 0 3 0 3 3 0
154 ATRAZINA (2cloro-4etilamino-6-isopropilamino-striazina)
1912-24-9 2 0 0 3 0 0 I
155 AZIDA DE SODIO 26628-22-8 3 1 2 3 1 2 K
156 AZINFOSMETILO (gution, metil azinfos) 86-50-0 4 1 0 4 1 0 I
157 AZUCAR(sacarosa) 57-50-1 1 1 0 3 1 0 E
158 AZUFRE,FUNDIDO 7704-34-9 2 1 0
159 BARIO 7440-39-3 1 2 2 W 1 2 2 B
160 BENCENO (benzol) 71-43-2 2 3 0 4 3 0 H
161 BENCIDINA (4,4'-bianilina) 92-87-5 2 1 0 4 1 0 E
162 BENOMIL (metil 1-(butilcarbonil)-2-benzimida
solcarbamato)
17804-35-2 2 2 0 4 2 0 J
163 BENZALDEHIDO 100-52-7 2 2 0
164 BENZEDRINA 60-13-9 0 1 n
d
165 BENZOATO DE BUTILO 136-60-7 1 1 0
166 BENZOATO DE ETILO 93-89-0 1 1 0
167 BENZOATO DE METILO 93-58-3 0 2 0
168 BENZOTRICLORURO 98-07-7 3 1 0
169 BENZOTRIFLUORURO 98-08-8 3 3 1
170 BERILIO POLVO( berilio compuestos como Be)
(berilio metal)
7440-41-7 3 1 0 4 1 0 E
171 BIFENILOS POLICLORADOS(BPC,policlorobifenilos) 1336-36-3 2 1 0 3 1 0 K
172 BISMUTO DE TELURIO 1304-82-1 1 0 0 1 0 0 A
173 BISULFATO DE SODIO 7631-90-5 2 1 0 4 1 0 J
174 BISULFURO DE CARBONO(disulfuro de carbono) 75-15-0 3 4 0 4 4 0 G
175 BORATO ANHIDRO 1330-43-4 2 0 0 3 0 0 F
176 BORATO DE ETILO 34099-73-5 2 3 0
177 BORATO DE METILO 121-43-7 2 3 1
178 BREA DE PINO 0 2 0
179 BROMACIL (5-bromo-3sec butil-6metil uracil) 314-40-9 2 1 0 3 1 0 J
180 BROMATO DE POTASIO 7758-01-2 1 0 0 OX
181 BROMO 7726-95-6 3 0 0 OX 3 0 0 K
182 BROMOBENCENO 108-86-1 2 2 0
183 BROMOCLOROMETANO (halón
101,clorobromometano)
74-97-5 2 0 0 3 0 0 K
184 BROMOFORMO (tribromometano) 75-25-2 3 0 0 4 0 0 H
185 BROMOPROPINO,3 106-96-7 3 3 4
186 BROMOTOLUENO, 0 95-46-5 2 2 0
187 BROMURO DE ALILO 106-95-6 3 3 1
188 BROMURO DE AMONIO 12124-97-9 2 0 0
189 BROMURO DE CIANOGENO 506-68-3 4 0 1
190 BROMURO DE ETILO 74-96-4 2 1 0 3 3 0 H
191 BROMURO DE METILO(bromometano) 74-83-9 3 1 0 3 1 0 K
192 BROMURO DE n BUTILO (1- bromobutano) 1 0 9 - 6 5 - 9 2 3 0
193 BROMURO DE VINILO 593-60-2 2 0 1 4 0 1 K
NFPA HMIS
No. SUSTANCIAS CAS
S I R RE S I R EPP
194 BUTADIENO (1,3,butadieno) (divinil) 106-99-0 2 4 2 4 4 2 G
195 BUTANO (n-butano) (etil metil metano) 106-97-8 1 4 0 1 4 0 A
196 BUTANOTIOL,1, (n-butil mercaptano) 109-79-5 2 3 0 3 3 0 G
197 BUTENO, 1 106-98-9 1 4 0
198 BUTIL TOLUENO p-ter (1-metil-4ter-butilbenceno) 98-51-1 2 2 0 2 2 0 B
199 BUTILAMINA,n 109-73-9 3 3 0 3 3 0 H
200 BUTILBENCENOS 104-51-8 2 2 0
201 BUTILCICLOHEXANO 3178-22-1 0 n
d
0
202 BUTILDECALIN 1 1 0
203 BUTILNAFTALENO 1 1 0
204 BUTILRALDOXIMA 110-69-0 2 2 0
205 BUTIRALDEHIDO 123-72-8 3 3 2
206 BUTIRALDOL(2-etyl-3-hidroxiexanal) 496-03-7 2 2 0
207 BUTIRATO DE AMILO 540-18-1 1 2 0
208 BUTIRATO DE ETILO 105-54-4 0 3 0
209 BUTIRONITRILO (1-cianopropano) 109-74-0 3 3 0
210 BUTOXIETANOL-2 (butilcellosolve) 111-76-2 2 2 0 3 2 0 H
211 CADMIO, POLVOS COMO Cd (Cadmio metal) 7440-43-9 2 1 0 4 1 0 E
212 CALCIO 7440-70-2 3 1 2 W
213 CANFENO CLORADO (ortoclorocanfeno) 8001-35-2 3 1 0 4 1 0 K
214 CAOLIN 1332-58-7 1 1 0 1 1 0 A
215 CAPRILATO DE ETILO( octanoato de etilo) 106-32-1 2 2 0
216 CAPROALDEHIDO(hexanol1) 66-25-1 2 2 0
217 CAPROLACTAMA (2-oxohexametilenimina) 105-60-2 2 1 0 4 1 0 J
218 CAPTAFOL (difolatan, n-((1,1,2,2-tetracloroetil)thio)-4-
ciclohexano-1,2dicarboxiimuda)
2425-06-1 2 1 0 4 1 0 K
219 CAPTAN 133-06-2 2 1 0 3 1 0 K
220 CARBARILO (alfa naftil N-triclorometilmercaptano-4-
ciclohexeno)
63-25-2 2 1 0 4 1 0 J
221 CARBOFURAN (furadan) 1563-66-2 4 1 0 4 1 0 I
222 CARBONATO DE CALCIO (marmol, sal de calcio del
acido carbonico)
1317-65-3 1 0 0 1 0 0 D
223 CARBONATO DE DIMETILO 616-38-6 3 3 0
224 CARBONATO DE ETIL BUTILO 2 2 1
225 CARBONILO DE NIQUEL (como Ni) 13463-39-3 4 3 3 4 3 3 K
226 CARBURO DE CALCIO 75-20-7 3 3 2 W
227 CARBURO DE SILICON 409-21-2 1 0 0 2 0 0 A
228 CATECOL (pirocatecol) (2-hidroxifenol) 120-80-9 2 1 0 4 1 0 J
229 CELULOSA (fibra de papel, hidrocelulosa) 9004-34-6 0 1 0 1 1 0 A
230 CEMENTO PORTLAND 65997-15-1 1 0 0 2 0 0 B
231 CETENA (etenona) 463-51-4 4 1 1 4 1 1 K
232 CIAMIDA DE CALCIO 156-62-7 2 1 2 W 3 1 2 F
233 CIANAMIDA 420-04-2 4 1 3 4 1 3 K
234 CIANO ACRILATO DE METILO 2 137-05-3 3 2 0 3 2 0 K
235 CIANOGENO 460-19-5 4 4 2 4 4 2 K
236 CIANURO DE BENCILO(fenilacetonitrilo) 140-29-4 2 1 0
237 CIANURO DE CALCIO 592-01-8 3 0 1
238 CIANURO DE MERCURIO 592-04-1 3 0 0
239 CIANURO DE POTASIO 151-50-8 3 0 0 3 0 0 K
240 CIANURO DE SODIO 143-33-9 3 0 0
241 CIANURO DE ZINC 557-21-1 3 0 0
242 CICLOBUTANO(tetrametileno) 287-23-4 1 4 0
243 CICLOHEXANO 110-82-7 1 3 0 2 3 0 B
244 CICLOHEXANOL 108-93-0 1 2 0 4 2 0 G
245 CICLOHEXANONA 108-94-1 1 2 0 4 2 0 H
NFPA HMIS
No. SUSTANCIAS CAS
S I R RE S I R EPP
246 CICLOHEXANOTIOL(ciclohexilmercaptano) 1569-69-3 n
d
2 0
247 CICLOHEXENO 110-83-8 1 3 0 1 3 0 B
248 CICLOHEXILAMINA 108-91-8 3 3 0 4 3 0 H
249 CICLONITA (RDX) 121-82-4 2 1 4 3 1 4 F
250 CICLOPENTADIENO 542-92-7 2 3 1 2 3 1 B
251 CICLOPENTANO 287-92-3 1 3 0 1 3 0 A
252 CICLOPENTANONA 120-92-3 2 3 0
253 CICLOPENTENO 149-29-0 1 3 1
254 CICLOPROPANO 75-19-4 1 4 0
255 CITRAL 5392-40-5 0 2 0
256 CLOPIDOL 2971-90-6 0 0 0 1 0 0 B
257 CLORATO DE BARIO 13477-00-4 2 0 1 OX
258 CLORATO DE CALCIO 10137-74-3 2 0 2 OX
259 CLORATO DE SODIO 7775-09-9 1 0 1 OX
260 CLORATO DE ZINC, HUMOS 7646-85-7 1 0 0 4 0 0 A
261 CLORDANO ( 1,2,4,5,6,7,8,8-octacloro 3a,4,7,7a
tetrahidro-4-7 metanooindano)
57-74-9 3 1 0 4 1 0 K
262 CLORITO DE SODIO 7758-19-2 1 0 1 OX
263 CLORO 7782-50-5 4 0 0 OX 4 0 0 H
264 CLORO METIL ETER, bis( eter
diclorometilico)simetrico (diclorometileter)
(bisclorometileter)
542-88-1 4 3 1 4 3 1 K
265 CLORO-1-NITROPROPANO 1(korax) 600-25-9 n
d
2 3
266 CLOROACETALDEHIDO (cloroetanal,2) 107-20-0 4 2 0 4 2 2 K
267 CLOROACETATO DE METILO 96-34-4 2 2 1
268 CLOROACETOFENONA,a (alfa cloroacetofenona)
(fenil clorometil cetona)
532-27-4 2 1 0 3 1 0 J
269 CLOROACETONITRILO 107-14-2 3 2 0
270 CLOROBENCENO (cloro benzol) 108-90-7 2 3 0 3 3 0 G
271 CLOROBENCILIDINMALONITRILO,o (oclorobencilideno
malonitrilo)(2-
clorobenzalmalonitrilo)
2698-41-1 3 1 0 3 1 0 J
272 CLORODIFLUOROMETANO (freon 22) 74-45-6 2 0 0 3 0 0 K
273 CLORODINITROBENCENO 97-00-7 3 1 4
274 CLOROESTIRENO,o (2-cloro estireno) 2039-87-4 2 2 0 2 2 0 B
275 CLOROFENOLES, LIQUIDOS 95-57-8 3 2 0
276 CLOROFENOLES, SOLIDOS 106-48-9 3 1 0
277 CLOROFORMIATO DE ALILO 2937-50-0 3 3 1
278 CLOROFORMIATO DE ETILO 541-41-3 4 3 1
279 CLOROFORMO (tricloroethano) 67-66-3 2 0 0 4 0 0 K
280 CLORONITROBENCENOS ,SOLIDOS Y LIQUIDO VARIOS 3 1 0
281 CLOROPENTAFLUOROETANO (freon 115) 76-15-3 1 0 0 1 0 0 A
282 CLOROPICRINA (nitrotriclorometano) 76-06-2 4 0 3 4 0 3 H
283 CLOROPRENO,(beta clorocipreno) (2-cloro-1,3-
butadieno)
126-99-8 2 3 0 4 3 0 K
284 CLOROSILANOS Varios 3 3 2 W
285 CLOROTOLUENO o (1-cloro-2-metilbenceno) 95-49-8 2 2 0 2 2 0 B
286 CLORPIRIFOS (dursban) 2921-88-2 2 1 0 4 1 0 I
287 CLORURO DE ACETILO 75-36-5 3 3 2 W
288 CLORURO DE ALILO (3-cloro propeno) 107-05-1 3 3 1 4 3 1 K
289 CLORURO DE ALUMINIO,Anhidro 7446-70-0 3 0 2 W
290 CLORURO DE AMILO 543-59-9 1 3 0
291 CLORURO DE AMONIO(sal amoniacal fumante) 12125-02-9 2 0 0 3 0 0 I
292 CLORURO DE AZUFRE 10025-67-9 3 1 1 2 1 1 C
NFPA HMIS
No. SUSTANCIAS CAS
S I R RE S I R EPP
293 CLORURO DE BENCILO 100-44-7 3 2 1 4 2 1 H
294 CLORURO DE BENZOILO 98-88-4 3 2 2 W
295 CLORURO DE BUTILO,n 109-69-3 2 3 0
296 CLORURO DE CAPRILILO 3 2 1
297 CLORURO DE CARBONILO (FOSGENO) 75-44-5 4 0 1 4 0 1 K
298 CLORURO DE CIANOGENO, INHIBIDO 506-77-4 3 0 1 W 4 0 1 K
299 CLORURO DE CLOROACETILO 79-04-9 3 0 1 3 0 1 K
300 CLORURO DE DICLOROACETILO 79-36-7 3 2 2 W
301 CLORURO DE DIMETILCARBAMOILO 79-44-7 2 2 2 4 2 2 K
302 CLORURO DE ETILO 75-00-3 1 4 0 3 4 0 B
303 CLORURO DE FOSFORILO 10025-87-3 3 0 2 W
304 CLORURO DE ISOBUTILO 513-36-0 2 3 0
305 CLORURO DE ISOPROPILO( 2 cloropropano) 75-29-6 2 4 0
306 CLORURO DE METILENO(diclorometano) 75-09-2 2 1 0 4 1 0 K
307 CLORURO DE METILO 74-87-3 1 4 0 4 4 0 K
308 CLORURO DE n OCTANOILO 1 2 0
309 CLORURO DE PROPILO(1 cloropropano) 540-54-5 2 3 0
310 CLORURO DE PROPIONILO 79-03-8 3 3 1
311 CLORURO DE SULFURILO 7791-25-5 3 0 2 W
312 CLORURO DE TEREFTALOILO 100-20-9 3 1 0
313 CLORURO DE TIONILO 7719-09-7 4 0 2 W 4 0 2 K
314 CLORURO DE VINILIDENO, INHIBIDO(
1,1dicloroetileno)
75-35-4 2 4 2 3 4 2 K
315 CLORURO DE VINILO, INHIBIDO(cloroetileno) 75-01-4 2 4 2 4 4 2 K
316 CLORURO DE ZINC 7646-85-7 1 0 0 4 0 0 F
317 CLORURO ESTANICO ANHIDRO 7646-78-8 3 0 1
318 COBALTO, METAL, POLVO, HUMO (como Co) 7440-48-4 2 1 0 3 1 0 E
319 COBRE POLVO Y NIEBLA (como Cu) 7440-50-8 0 1 0 1 1 0 E
320 COBRE, HUMO (como Cu) 7440-50-8 2 0 0 3 0 0 E
321 COMBUSTIBLE PARA JET, JP4 nd 1 3 0
322 COMBUSTIBLE PARA JET,JP5 nd 0 2 0
323 COMBUSTOLEO 0 2 0
324 CRAG, HERBICIDA 136-78-7 2 0 0 3 0 0 E
325 CRESOL 1319-77-3
ISOMEROS,
VARIOS
3 2 0 3 2 0 J
326 CRISOTILO 12001-29-5 2 0 0 4 0 0 E
327 CROCIDOLITA 12001-28-4 2 0 0 4 0 0 E
328 CROMATOS DE ZINC 13530-65-9,
11103-86-9,
37300-23-5
2 1 0 4 1 0 E
329 CROMO METALICO 7440-47-3 2 1 0 3 1 0 E
330 CROTONALDEHIDO,ESTABILIZADO 4170-30-3 4 3 2 3 3 2 H
331 CROTONATO DE ETILO(acido crotonico etil ester) 623-70-1 2 3 0
332 CROTONONITRILO(2 butenonitrilo) 627-26-9 n
d
1 0
333 CRUFOMATO 299-86-5 2 2 0 3 2 0 I
334 CUMENO 98-82-8 2 3 1 2 3 1 B
335 DDT( diclorodifeniltricloroetano ) 50-29-3 2 2 0 4 2 0 K
336 DECABORANO 17702-41-9 3 2 1 3 2 1 K
337 DECANO,n 8030-30-6 0 2 0
338 DECANOL 0 2 0
339 DECENO, 1 13019-22-2 0 2 0
340 DECILAMINA 2016-57-1 2 1 0
341 DEMETON (systox) 8065-48-3 3 2 0 3 2 0 K
342 DEUTERIO 7782-39-0 0 4 0
NFPA HMIS
No. SUSTANCIAS CAS
S I R RE S I R EPP
343 DI(n-BUTIL)AMINA 111-92-2 3 2 0
344 DIACINON 333-41-5 3 1 0 4 1 0 F
345 DIAZOMETANO 334-88-3 4 1 3 4 1 3 K
346 DIBORANO,MEZCLAS DE 19287-45-7 4 4 3 W 3 4 3 K
347 DIBROMOCLOROPROPANO 96-12-8 3 2 0 3 2 0 K
348 DIBROMOETANO-1,2(dibromuro de etileno) 106-93-4 3 0 0 4 0 0 K
349 DIBUTILAMINOETANOL ,2N- 102-81-8 3 2 0 3 2 0 K
350 DICETENO, INHIBIDO 674-82-8 4 2 2
351 DICICLOHEXILAMINA 101-83-7 3 1 0
352 DICICLOPENTADIENO 77-73-6 1 3 1 1 3 1 C
353 DICICLOPENTAFENIL HIERRO 102-54-5 3 1 0 3 1 0
354 DICLORO-1,1-NITROETANO-1 594-72-9 2 2 3 3 2 3 B
355 DICLORO-1,3-DIMETILHIDANTOINA-5,5 118-52-5 3 1 1 3 1 1
356 DICLOROACETILENO 7572-29-4 3 1 3 3 1 3 K
357 DICLOROANILINAS 95-76-1 3 1 0
358 DICLOROBENCENO o (diclorobenzol) 95-50-1 2 2 0 3 2 0 H
359 DICLOROBENCENO p 106-46-7 2 2 0 4 2 0 H
360 DICLOROBUTENO,1,4 110-56-5 3 2 0
361 DICLORODIFLUOROMETANO 75-71-8 1 0 0 1 0 0 A
362 DICLOROETANO 1,1, 75-34-3 2 3 0 3 3 0 K
363 DICLOROETANO-1,2 (dicloruro de etileno) 107-06-2 2 3 0 4 3 0 K
364 DICLOROFLUOROMETANO 75-43-4 1 0 0 1 0 0 A
365 DICLOROPROPENOS 542-75-6 2 3 0 3 3 0 K
366 DICLOROSILANO 4109-96-0 4 4 2 W
367 DICLORO-S-TRIACINETRIONA DE POTASIO,SECO 2244-21-5 3 0 2 OX
368 DICLOROTETRAFLUOROETANO 76-14-2 1 0 0 1 0 0 A
369 DICLORURO DE PROPILENO (1,2 dicloropropano) 78-87-5 2 3 0 3 3 0 G
370 DICLORVOS(DDVP) 62-73-7 2 2 0 4 2 0 K
371 DICROMATO DE AMONIO 7789-09-5 2 1 1 OX
372 DICROTOFOS (bidrin) 141-66-2 2 1 1 3 1 1 K
373 DIDECILETER 0 1 0
374 DIELDRINA 60-57-1 2 0 0 4 0 0 K
375 DIESEL COMBUSTIBLE nd 0 2 0
376 DIETILAMINA 109-89-7 3 3 0 3 3 0 H
377 DIETILAMINOETANOL 2 100-37-8 3 2 0 3 2 0 H
378 DIETILCETONA 96-22-0 1 3 0 2 3 0 B
379 DIETILCLOROSILANO 1609-19-4 3 3 1
380 DIETILEN GLICOL DIMETIL ETER 111-96-6 1 2 1
381 DIETILENTRIAMINA 111-40-0 3 1 0 3 1 0 K
382 DIETILFTALATO 84-66-2 0 1 0 3 1 0 E
383 DIETILZINC 557-20-0 3 4 3 W
384 DIFENIL FTALATO 0 1 0
385 DIFENILAMINA(amino difenilo 4, fenil anilina) 122-39-4 3 1 0 3 1 0 F
386 DIFLUORODIBROMOMETANO 275-61-6 1 0 0 1 0 0 A
387 DIFLUORURO DE OXIGENO 7783-41-7 4 4 2 4 4 2 K
388 DIHEXIL AMINA 143-16-8 2 1 0
389 DIISOBUTILAMINA 110-96-3 3 3 0
390 DIISOBUTILCARBINOL 108-82-7 1 2 0
391 DIISOBUTILCETONA (2,6-dimetil-4-heptanona 108-83-8 1 2 0 1 2 0 B
392 DIISOBUTILFTALATO 84-69-5 0 1 0
393 DIISOCIANATO DE HEXAMETILENO 622-06-0 3 1 1 3 1 1 K
394 DIISOCIANATO DE ISOFORONA 4098-71-9 2 1 1 W 2 1 1 B
395 DIISOCIANATO DE METILO 1 2 1 W
396 DIISOCIANATO DE TOLUENO 584-84-9 3 1 3 W 3 1 3 K
397 DIISOPROPILAMINA 108-18-9 3 3 0 3 3 0 H
NFPA HMIS
No. SUSTANCIAS CAS
S I R RE S I R EPP
398 DIISOPROPILBENCENO 25321-09-9 0 2 0
399 DIMERO DE ACROLEINA 100-73-2 1 2 1
400 DIMETIL OCTANO ,2,3 0 2 0
401 DIMETIL PENTANO, 2,3 nd 0 3 0
402 DIMETILACETAMIDA 127-19-5 2 2 0 3 2 0 K
403 DIMETILAMINA,ANHIDRA, EN SOLUCION 124-40-3 3 4 0 3 4 0 H
404 DIMETILANILINA (n,n-dimetilanilina) 121-69-7 3 2 0 3 2 0 H
405 DIMETILDICLOROSILANO(diclorodimetilsilano) 75-78-5 3 3 1
406 DIMETILDIOXANOS 25136-55-4 2 3 0
407 DIMETILFORMAMIDA(dimetilformamida n-n) 68-12-2 1 2 0 4 2 0 K
408 DIMETILFTALATO 131-11-3 0 1 0 3 1 0 F
409 DIMETILHIDRACINA,ASIMETRICA 57-14-7 4 3 1 4 3 1 K
410 DI-n-AMILAMINA 2050-92-2 3 2 0
411 DINITRATO DE ETILENGLICOL 628-96-6 1 1 4 2 1 4 A
412 DINITRO o-TOLUAMIDA -3,5 (dimitolmida) 148-01-6 1 1 1 1 1 1 A
413 DINITROANILINA,2,4 97-02-9 3 1 3
414 DINITROBENCENOS VARIOS 3 1 4 3 1 4 F
415 DINITRO-o-CRESOL 534-52-1 3 1 0 3 1 0 F
416 DINITROTOLUENO VARIOS 3 1 3 3 1 3 K
417 DIOXALANO 2 3 2
418 DIOXANO 123-91-1 2 3 1 4 3 1 K
419 DIOXIDO DE AZUFRE LIQUIDO 7446-09-5 3 0 0 4 0 0 H
420 DIOXIDO DE CARBONO(anhidro carbonico,oxido
decarbono,acido carbonico)
124-38-9 1 0 0 1 0 0 K
421 DIOXIDO DE CLORO, ( peroxido de cloro) 10049-04-0 3 4 3 OX 3 4 3 H
422 DIOXIDO DE NITROGENO 10102-44-0 3 0 0 OX 3 0 0 K
423 DIOXIDO DE TITANIO (como Ti) 13463-67-7 1 0 0 2 0 0 B
424 DIPENTENO 138-86-3 0 2 0
425 DIPROPILAMINA 142-84-7 3 3 0
426 DIPROPILCETONA(4-heptanona) 123-19-3 2 2 0 2 2 0 A
427 DIQUAT 2764-72-9 2 0 0 4 0 0 J
428 DI-sec-OCTIL FTALATO (di-2-etilhexil ftalato, DOP) 117-81-7 0 1 0 4 1 0 F
429 DISULFIRAM 97-77-8 2 1 0 3 1 0 J
430 DISULFOTON (disiston) 298-04-4 3 1 0 4 1 0 K
431 DISULFURO DE PROPIL ALILO (2-propenil propil
disulfuro)
2179-59-1 2 1 0 3 1 0 K
432 DITERBUTIL-p-CRESOL-2,6 128-37-0 2 1 0 4 1 0 F
433 DITIOPIROFOSFATO DE TETRAETILO 3689-24-5 2 0 0 3 0 0 K
434 DIURON 330-54-1 2 1 0 3 1 0 K
435 DIVINILBENCENO 1321-74-0 1 2 2 2 2 2 B
436 DIVINILETER(ether vinilico,ether divinilico) 109-93-3 2 4 2
437 DODECANO 112-40-3 0 2 0
438 DODECANOL, 1 112-53-8 0 1 0
439 DODECANOTIOL, 1(MEZCLA DE MERCAPTANOS
ALIFATICOS)
112-55-5 2 1 0
440 ENDOSULFAN 115-29-7 2 1 1 4 1 1 K
441 ENDRINA (SECA,PLAGUICIDA ORGANO CLORADO) 72-20-8 2 0 0 3 0 0 J
442 EPICLORHIDRINA 106-89-8 3 3 2 4 3 2 K
443 EPN 2104-64-5 3 1 1 3 1 1 J
444 ESTEARATO DE AMILO 0 1 0
445 ESTEARATO DE BUTILO 1 1 0
446 ESTEARATO DE METILO 112-61-8 0 1 0
447 ESTEARATO DE ZINC 557-05-1 0 1 0
448 ESTIBINA 7803-52-3 4 4 2 4 4 2 A
449 ESTIRENO,MONOMERO DE,INHIBIDO 100-42-5 2 3 2 4 3 2 G
NFPA HMIS
No. SUSTANCIAS CAS
S I R RE S I R EPP
450 ESTRICNINA 57-24-9 3 1 0 3 1 0 E
451 ETANO,COMPRIMIDO 74-84-0 1 4 0 1 4 0 A
452 ETANOLAMINA Y SOLUCIONES 141-43-5 3 2 0 2 2 0 B
453 ETER AMILICO 693-65-2 1 2 0
454 ETER DE n PROPILO n
d
3 0
455 ETER DE PETROLEO 8030-30-6 1 4 0
456 ETER DIBUTILICO 142-96-1 2 3 1
457 ETER DICLORODIETILICO,2,2 111-44-4 3 2 1 3 2 1 K
458 ETER DIGLICIDILO (DGE) 2238-07-5 2 2 0 3 2 0 K
459 ETER DIMETILICO 115-10-6 1 4 1
460 ETER ETIL VINILICO 109-92-2 2 4 2
461 ETER ETILBUTILICO 628-81-9 2 3 0
462 ETER ETILICO(eter dietilico) 60-29-7 1 4 1 3 4 1 G
463 ETER FENILICO (vapor) 101-84-8 1 1 0 2 1 0 B
464 ETER GLICIDIL ISOPROPILICO (IGE) 4016-14-2 2 3 2 3 3 2 K
465 ETER ISOPROPILICO(eter diisopropilico) 108-20-3 1 3 1 2 3 1 B
466 ETER METIL DIPROPILENGLICOL 34590-94-8 0 2 0 2 2 0 B
467 ETER METIL ETILICO 540-67-0 1 4 1
468 ETER METILICO 115-10-6 2 4 1
469 ETER MONOBUTILICO DEL ETILENGLICOL 111-76-2 2 2 0 3 2 0 H
470 ETER VINIL METILICO 107-25-5 2 4 2
471 ETILAMILCETONA 541-85-3 2 2 0 2 2 0 B
472 ETILAMINA (amino etano) 75-04-7 3 4 0 3 4 0 B
473 ETILANILINA,n 103-69-5 3 2 0
474 ETILBENCENO (fenil etano) 100-41-4 2 3 0 4 3 0 H
475 ETILBUTILAMINA 617-79-8 3 3 0
476 ETILBUTILCETONA 83-heptanona) 106-35-4 1 2 0 1 2 0 B
477 ETILCICLOHEXANO 1 3 0
478 ETILEN GLICOL DIBUTIL ETER 1 2 0
479 ETILEN GLICOL ETIL BUTIL ETER 1 2 0
480 ETILENCLOROHIDRINA (2 cloroetanol) 107-07-3 4 2 0 3 2 0 K
481 ETILENDIAMINA 107-15-3 3 2 0 3 2 0 B
482 ETILENGLICOL (como aerosol) 107-21-1 1 1 0 4 1 0 I
483 ETILENIMINA,INHIBIDA 151-56-4 4 3 3 4 3 3 K
484 ETILENO,COMPRIMIDO 74-85-1 1 4 2 1 4 2 A
485 ETILIDEN DE NORBORNENO 16219-75-3 2 2 2 2 2 2 B
486 ETILMERCAPTANO 75-08-5 2 4 0 2 4 0 B
487 ETILMORFOLINA,n (etilmorfolina 4) 100-74-3 2 3 0
488 ETILTRICLOROSILANO 115-21-9 3 3 2 W
489 ETION (nialate) 563-12-2 3 1 1 3 1 1 I
490 ETOXIBENCENO(fenetol) 103-73-1 0 2 0
491 ETOXIETANOL,2( ETER MONOTETILICO DEL
ETILENGLICOL)
110-80-5 2 2 0 3 2 0 H
492 ETOXIPROPANOL,3 111-35-3 2 2 0
493 FENIL GLICIDILETER 122-60-1 2 1 1 4 1 1 K
494 FENIL ACETALDEHIDO(acetaldehido de benceno) 122-78-1 1 2 0
495 FENIL FOSFINA 638-21-1 3 1 0 3 1 0 K
496 FENILENDIAMINAS ,o,p,m VARIAS n
d
1 0 3 1 0 K
497 FENILHIDRACINA 100-63-0 3 2 0 3 2 0 K
498 FENILMERCAPTANO (mercaptano benceno) 108-98-5 2 2 0 3 2 0 H
499 FENOL 108-95-2 4 2 0 4 2 0 J
500 FLUOR,COMPRIMIDO 7782-41-4 4 0 4 W 3 0 4 K
501 FLUOROACETATO DE SODIO 62-74-8 3 0 0 3 0 0 E
NFPA HMIS
No. SUSTANCIAS CAS
S I R RE S I R EPP
502 FLUORURO DE AMONIO 12125-01-8 3 0 0
503 FLUORURO DE CARBONILO 353-50-4 4 0 0 4 0 0 K
504 FLUORURO DE PERCLORILO 7616-94-6 2 0 0 2 0 0 B
505 FLUORURO DE SODIO SOLIDO O EN SOLUCION 7681-49-4 3 0 0
506 FLUORURO DE SULFURILO 2699-79-8 3 1 1 3 1 1 B
507 FLUORURO DE VINILO,INHIBIDO 75-02-5 1 4 2
508 FORATO (thimet) 298-02-2 4 1 0 4 1 1 K
509 FORMALDEHIDO, SOLUCION ACUOSA 50-00-0 3 2 0 4 2 0 H
510 FORMALDEHIDOS, GAS SOLUCIONES
INFLAMABLES
50-00-0 3 4 0 4 4 0 H
511 FORMAMIDA 75-12-7 2 1 n
d
3 1 0 K
512 FORMIATO DE BUTILO 592-84-7 2 3 0
513 FORMIATO DE ETILO 109-94-4 2 3 0 2 3 0 B
514 FORMIATO DE METILO 107-31-3 2 4 0 2 4 0 B
515 FOSDRIN (mevinphos) 7786-34-7 2 1 0 3 1 0 K
516 FOSFATO DE DIBUTILO 107-66-4 2 1 0 1 1 0 B
517 FOSFATO DE TRIBUTILO 126-73-8 2 1 0 3 1 0 K
518 FOSFATO DE TRI-o-CRESILO( fosfato de orto tolilo) 78-30-8 2 1 0 3 1 0 E
519 FOSFINA 7803-51-2 4 4 2 4 4 2 K
520 FOSFITO DE DIBUTILO 1809-19-4 3 2 0
521 FOSFITO DE TRIMETILO(trimetil fosfito) 121-45-9 0 2 0 3 2 0 G
522 FOSFORO AMARILLO 7723-14-0 3 4 2 3 4 2 K
523 FOSFORO BLANCO,FUNDIDO 7723-14-0 4 4 2
524 FOSFORO ROJO, AMORFO 7723-14-0 1 1 1
525 FOSFURO DE ALUMINIO 20859-73-8 4 4 2 W
526 FOSFURO DE ZINC 1314-84-7 3 3 1
527 FTALATO DE DIBUTILO 84-74-2 0 1 0 3 1 0 E
528 FUMARATO DE DIETILO 623-91-6 1 1 0
529 FURANO 110-00-9 1 4 1
530 FURFURAL 98-01-1 3 2 0 3 2 0 G
531 GAS LICUADO DE PETROLEO 68476-85-7 1 4 0 1 4 0 A
532 GAS NATURAL LICUADO 74-82-8 3 4 0
533 GASOLINA 8006-61-9 1 3 0 3 3 0 B
534 GERMANIO 7782-65-2 4 4 3 W
535 GLICERINA, NIEBLA 56-81-5 1 1 0 4 1 0 E
536 GLICIDOL(2,3 epoxipropanol) 556-52-5 2 2 2 4 2 0 K
537 GLUTARALDEHIDO 111-30-8 2 1 0 4 1 0 J
538 GRAFITO NATURAL 7782-42-5 1 3 0 2 3 0 A
539 HAFNIO,EN POLVO,HUMEDO CON UN MINIMO DEL
25% DE AGUA
7440-58-6 1 4 4 2 4 4 A
540 HAFNIO,EN POLVO,SECO 7440-58-6 1 4 4 2 4 4 A
541 HELIO,COMPRIMIDO 7440-59-7 1 0 0 1 0 0 A
542 HEPTACLORO 76-44-8 2 1 0 4 1 0 E
543 HEPTANO 142-82-5 1 3 0 1 3 0 A
544 HEPTANOL, 2 543-49-7 0 2 0
545 HEPTILENO 25339-56-4 0 3 0
546 HEXACLOROBUTADIENO 87-68-3 2 1 1 4 1 1 K
547 HEXACLOROCICLOPENTADIENO 77-47-7 2 0 0 2 0 0 D
548 HEXACLOROETANO 67-72-1 2 0 0 3 0 0 G
549 HEXACLORONAFTALENO 1335-87-1 3 1 0 3 1 0 J
550 HEXADECANOL,1 36653-82-4 0 1 0
551 HEXADECANOTIOL, 1( MERCAPTANOS LIQUIDOS) 0 1 0
552 HEXADENOL 2 2 0
553 HEXAFLUOROACETONA 684-16-2 3 1 1 3 1 1 K
NFPA HMIS
No. SUSTANCIAS CAS
S I R RE S I R EPP
554 HEXAFLUORURO DE AZUFRE 2551-62-4 1 0 0 1 0 0 A
555 HEXAFLUORURO DE SELENIO 7783-79-1 2 1 1 3 1 1 K
556 HEXAFLUORURO DE TELURIO 7783-80-4 3 0 1 3 1 0 K
557 HEXANO 110-543 1 3 0
558 HEXANO-n 110-54-3 1 3 0 3 3 0 K
559 HEXANONA, 2 591-78-6 1 3 0 3 3 0 G
560 HEXILENGLICOL 107-41-5 1 1 0 1 1 0 B
561 HIDRACINA ANHIDRA , SOLUCION 302-01-2 3 3 3 4 3 3 K
562 HIDROGENO 1333-74-0 0 4 0 0 4 0 A
563 HIDROGENO, REFRIGERADO LIQUIDO 1333-74-0 3 4 0 0 4 0
564 HIDROQUINONA(dihroxibenceno) 123-31-9 2 1 0 4 1 0 F
565 HIDROSULFITO DE SODIO 7775-14-6 2 1 2
566 HIDROXIDO DE CALCIO (hidrato de calcio) 1305-62-0 3 0 0 3 0 0 F
567 HIDROXIDO DE CESIO (hidratado de cesio) 21351-79-1 3 1 1 3 1 1 F
568 HIDROXIDO DE POTASIO, SECO, 1310-58-3 3 0 1 3 0 1 E
569 HIDROXIDO DE SODIO(SOSA CAUSTICA) EN
SOLUCION, SOLIDO
1310-73-2 3 0 1 3 0 1 F
570 HIDROXIDO DE TRICICLOHEXILTIN (pietran) 13121-70-5 4 0 0 2 1 0
571 HIDRURO DE LITIO 7580-67-8 3 2 2 W 3 2 2 F
572 HIDRURO DE LITIO Y ALUMINIO 1302-30-3 3 2 2 W
573 HIDRURO DE SODIO 7646-69-7 3 3 2 W
574 HIERRO ESPONJA, ( GASTADO) 1309-37-1 1 0 0 2 0 0 A
575 HIERRO, SALES SOLUBLES (como Fe) nd
576 HIPOCLORITO DE CALCIO HIDRATADO
INCLUYENDO MEZCLAS DE UN MINIMO DE 5.5% Y
UN MAXIMO DEL 10 % AGUA
7778-54-3 3 0 1 OX
577 INDENO 95-13-6 2 2 1 2 2 1 B
578 INDIO Y COMPUESTOS (como In) 7440-74-6 2 1 0 3 1 0 F
579 ISOBUTANO(2metil propano), O MEZCLAS 75-28-5 1 4 0
580 ISOBUTILBENCENO 538-93-2 2 2 0
581 ISOBUTIRALDEHIDO 78-84-2 2 3 1
582 ISOBUTIRATO DE ETILO 97-62-1 0 3 0
583 ISOCIANATO DE METILO 624-83-9 4 3 2 W 4 3 2 K
584 ISOCIANATO DE N BUTILO 111-36-4 3 2 2
585 ISODECALDEHIDO 0 2 0
586 ISOFURONA 78-59-1 2 2 0 3 2 0 H
587 ISOHEXENOS 79-29-8 1 3 0
588 ISOOCTENOS 540-84-1 0 3 0
589 ISOPENTANO 78-78-4 1 4 0
590 ISOPRENO,INHIBIDO 78-79-5 1 4 2
591 ISOPROPILAMINA 75-31-0 3 4 0 3 4 0 H
592 ISOVALERATO DE BUTILO 109-19-3 0 n
d
n
d
593 ITRIO 7440-65-5 2 3 0 1 1 0 A
594 LACTATO DE n BUTILO (butil ester del ácido lactico) 138-22-7 1 2 0 2 2 0 B
595 LANOLINA 0 1 0
596 LINDANO 58-89-9 2 1 0 4 1 0 I
597 LITIO 7439-93-2 3 2 2 W
598 MADERA POLVO MADERA DURA nv 1 1 0 3 1 0 E
599 MADERA SUAVE nv 1 1 0 3 1 0 E
600 MAGNESIO EN POLVO 7439-95-4 0 1 1 W
601 MAGNESITA( carbonato de magnesio) 546-93-0 1 1 0 1 1 0 A
602 MALATHION 121-75-5 2 1 0 4 1 0 I
603 MALEATO DE AMILO 0 1 0
604 MALEATO DE DIMETILO 624-48-6 1 1 0
605 MANGANESO POLVOS Y COMPUESTOS (como Mn) 7439-96-5 1 2 2 2 2 2 B
NFPA HMIS
No. SUSTANCIAS CAS
S I R RE S I R EPP
606 MCPA 94-74-6 1 0 1
607 MECOPROP 7439-97-8 2 0 1
608 MERCURIO (arilos como Hg) 7439-97-6 2 0 0 3 0 0 J
609 MERCURIO (compuestos de alquilos) (como Hg) 7439-97-6 2 0 0 3 0 0 K
610 METACRILATO DE BUTILO 126-98-7 2 3 2 3 3 2 K
611 METACRILATO DE HEXILO( metacrilato de metilo) 80-62-6 0 2 0
612 METACRILATO DE METILO, MONOMERO, INHIBIDO 80-62-6 2 3 2 3 3 2 G
613 METANO COMPRIMIDO Y CRIOGENICO 74-82-8 1 4 0 1 4 0 A
614 METIL 2 PENTENO, 1 59355-75-8 1 4 2 1 4 2 A
615 METIL 2, ETILPIRIDINA 5 104-90-5 2 2 0
616 METIL 2,PROPANOTIOL 2 75-66-1 2 3 0
617 METIL ACETILENO 74-99-7 2 4 2 2 4 2 A
618 METIL ACETILENO Y PROPADIENO MEZCLAS DE,
ESTABILIZADAS
59355-75-8 1 4 2 1 4 2 A
619 METIL BIFENIL ISOCIANATO (mdi, diisocianato de
difenilmetano 4,4)
101-68-8 3 1 1 4 1 1 K
620 METIL CLOROFORMO (1,1,1-tricloroetano) 71-55-6 2 1 0 3 1 0 K
621 METIL CLOROMETIL ETER(eter clorometil eter,cloro
dimetil eter)
107-30-2 3 3 2 4 3 2 K
622 METIL DEMETON 8022-00-2 3 1 0 3 1 0 I
623 METIL ETIL CETONA (2-butanona) (MEK) 78-93-3 1 3 0 3 3 0 G
624 METIL MERCAPTANO (metanotiol) 74-93-1 4 4 0 2 4 0 B
625 METIL n-AMILCETONA (2-heptanona) 110-43-0 1 2 0 2 2 0 B
626 METIL PROPIL CETONA( 2 pentanona) 107-87-9 2 3 0 2 3 0 B
627 METILACRILONITRILO 126-98-7 2 3 2 3 3 2 K
628 METILACRILONITRILO, INHIBIDO 126-98-7 2 3 2 3 3 2 K
629 METILAL(dimetoximetano) 109-87-5 2 3 2 2 3 2 B
630 METILAMINA,ANHIDRA 74-89-5 3 4 0 3 4 0 H
631 METILANILINA,n 100-61-8 3 2 0 3 2 0 K
632 METILCICLOHEXANO 108-87-2 2 3 0 2 3 0 A
633 METILCICLOHEXANOLES 25639-42-3 2 2 0 2 2 0 B
634 METILCICLOHEXANONA verificar si el orto, o si es
diferente sin nada
583-60-8 2 3 0 2 2 0 B
635 METILCICLOPENTANO 96-37-7 2 3 0
636 METILDICLOROSILANO 75-54-7 3 3 2 W
637 METILEN -4,4 bis (2-CLOROANILINA) (moca; mboca) 101-14-4 2 1 0 3 1 0 K
638 METILEN bis (4-CICLOHEXILISOCIANATO) 5124-301 2 1 1 2 1 1 B
639 METILHIDRACINA 60-34-4 4 3 2 4 3 2 K
640 METILISOAMILCETONA 110-12-3 1 2 0 2 2 0 B
641 METILISOBUTILCARBINOL(alcohol metil amilico) 108-11-2 2 2 0 2 2 0 D
642 METILISOBUTILCETONA(hexona) 108-10-1 2 3 1 3 3 1 G
643 METILPARATHION (SOLIDO) 298-00-0 4 1 2 4 1 2 I
644 METILPIPERAZINA, 1 109-01-3 2 2 0
645 METILPIRRODILINA 120-94-5 2 3 1
646 METILPIRROLO 96-54-8 2 3 1
647 METILTOLUENSULFONATO 80-48-8 2 1 0
648 METILTRICLOROSILANO 75-79-6 3 3 2 W
649 METILVINILCETONA 78-94-4 4 3 2
650 METOMIL 16752-77-5 3 1 0 3 1 0 I
651 METOXICLORO 72-43-5 1 1 0 3 1 0 I
652 METOXIETANOL,2( ETER MONOMETILICO DEL
ETILEN GLICOL)
109-86-4 2 2 0 3 2 0 G
653 MEVINFOS 7786-34-7 2 1 0 3 1 0 K
654 MINERALES EN SOLUCION DE ALCOHOL 0 2 0
655 MOLIBDENO (como Mo) 7439-98-7 2 1 0 3 1 0 E
656 MONO(TRICLORO)TETRA(MONOPOTASIO DI 3 0 2 W
NFPA HMIS
No. SUSTANCIAS CAS
S I R RE S I R EPP
CLORO) PENTA-S-TRIAZINATRIONA, SECO OX
657 MONOCROTOPHOS (azodrin) 6923-22-4 3 1 0 4 1 0 K
658 MONOMERO DE METACRILATO 1 2 3
659 MONOMETIL ANILINA 100-61-8 3 2 0 3 2 0 K
660 MONOMETIL ETER DE DIETILENGLICOL 111-77-3 1 1 0
661 MONOXIDO DE BUTADIENO(oxido de vinil etileno) 558-13-4 2 3 2
662 MONOXIDO DE CARBONO (oxido de carbono) 630-08-0 3 4 0 3 4 0 K
663 MONOXIDO DE CLORO 3 4 3
664 MORFOLINA 110-91-8 3 3 0 3 3 0 H
665 NAFTA 8030-30-6 2 3 0 2 3 0 B
666 NAFTALENO,crudo o refinado 91-20-3 2 2 0 3 2 0 I
667 NAFTILAMINA, 1 134-32-7 2 1 0 4 1 0 E
668 NAFTILAMINA-b 91-59-8 2 1 0 4 1 0 E
669 NAFTILTIOUREA 7440-01-9 2 1 0 3 1 0 J
670 NEGRO DE HUMO (negro de carbón) 1333-86-4 1 1 0 3 1 0
671 NEON 7440-01-9 1 0 0 1 0 0 A
672 NICOTINA 54-11-5 4 1 0 OX 4 1 0 K
673 NIQUEL 7440-02-0 2 1 0 3 1 0 K
674 NITRATO CUPRICO 3251-23-8 1 0 0 OX
675 NITRATO DE AMILO 1002-16-0 2 2 0 OX
676 NITRATO DE AMONIO 6484-52-2 0 0 3 OX
677 NITRATO DE BARIO (dinitrato de bario) 10022-31-8 1 0 0 OX
678 NITRATO DE BUTILO 928-45-0 1 3 3
679 NITRATO DE ETILO 625-58-1 2 3 4
680 NITRATO DE MAGNESIO 10377-60-3 1 0 0 OX
681 NITRATO DE n-PROPILO 627-13-4 2 3 3 OX 2 4 3 B
682 NITRATO DE PLATA 7761-88-8 1 0 0 OX
683 NITRATO DE PLOMO 10099-74-8 1 0 0 OX
684 NITRATO DE POTASIO 7757-79-1 1 0 0 OX
685 NITRATO DE SODIO 7631-99-4 1 0 0 OX
686 NITRITO DE ETILO Y SOLUCIONES DE 109-95-5 3 4 4
687 NITROANILINA o,m,p 100-01-6 3 1 2 3 1 2 K
688 NITROBENCENO 98-95-3 3 2 1 3 2 1 G
689 NITROBIFENILO 4 92-93-3 2 1 0 3 1 0 E
690 NITROCLOROBENCENO-p 100-00-5 2 1 3 3 1 3 K
691 NITROCLOROMETANO
(cloropicrina,tricloronitrometano)
76-06-2 4 0 3 4 0 3 H
692 NITROETANO 79-24-3 1 3 3 2 3 3 E
693 NITROFENOL,p 100-02-7 3 1 2
694 NITROGENO COMPRIMIDO Y CRIOGENICO 7727-37-9 3 0 0 1 0 0 A
695 NITROGLICERINA (trinitrato de glicerilo) 55-63-0 2 2 4 2 2 4 B
696 NITROMETANO 75-52-5 1 3 4 2 3 4 B
697 NITROPIRINA (2-Cloro (triclorometil) piridina) 1929-82-4 1 0 0 3 0 0 I
698 NITROPROPANO,1 108-03-2 1 3 2 3 3 2 K
699 NITROPROPANO,2 79-46-9 1 3 2 4 3 2 K
700 NITROTOLUENO,LIQUIDO, VARIOS 3 1 1 3 1 1 I
701 NITROTOLUENO,SOLIDO, VARIOS 3 1 1 3 1 1 I
702 NONANO 111-87-2 0 3 0 2 3 0 B
703 NONIL BENCENO 0 1 0
704 OCTACLORO NAFTALENO 2234-13-1 2 1 0 2 1 0 B
705 OCTADECANO 0 1 0
706 OCTADIENO 0 3 0
707 OCTANOL, 2 1 2 0
708 OCTANOS 111-65-9 0 3 0 1 3 0 A
709 OLEATO DE BUTIL AMINA 3 2 0
NFPA HMIS
No. SUSTANCIAS CAS
S I R RE S I R EPP
710 OXALATO DE BUTILO 0 1 0
711 OXALATO DE DIBUTILO 0 1 0
712 OXALATO DE ETILO 95-92-1 0 2 0
713 OXICLORURO DE CROMO 14977-61-8 3 0 2 W
714 OXICLORURO DE FOSFORO 10025-87-3 4 0 2 W 3 0 2 K
715 OXIDO DE BORO (trioxido de boro) 1303-86-2 1 0 1 1 0 1 B
716 OXIDO DE BUTILENO,1,2 ESTABILIZADO 106-88-7 2 3 2
717 OXIDO DE CALCIO (cal) 1305-78-8 3 0 1 1 0 1 B
718 OXIDO DE ESTAÑO como Sn 7440-31-5 1 0 0 2 0 0 A
719 OXIDO DE ETILENO 75-21-8 3 4 3 4 4 3 G K
720 OXIDO DE HIERRO (Fe2O3 como Fe) 1309-37-1 1 0 0 2 0 0 A
721 OXIDO DE HIERRO( GASTADO) 141-79-7 1 0 0 2 0 0 A
722 OXIDO DE MAGNESIO , HUMO (como Mg) 1309-48-4 2 0 0 2 0 0 A
723 OXIDO DE MESITILO 141-79-7 2 3 1 2 3 1 G
724 OXIDO DE PROPILENO 75-56-9 3 4 2 4 4 2 G
725 OXIDO DE ZINC, HUMO 1314-13-2 2 1 0 3 1 0 E
726 OXIDO DIFENIL CLORINADO 55720-99-5 2 1 0 2 1 0 B
727 OXIDO NITRICO 10102-43-9 3 0 0 OX 3 0 0 K
728 OXIDO NITROSO 10024-97-2 2 0 0 3 0 0 K
729 OXIGENO (CRIOGENICO) 7782-44-7 3 0 0 OX
730 PARAFINA, CERA 8002-74-2 0 1 0 1 0 0 A
731 PARAFORMALDEHIDO 30525-89-4 3 1 O
732 PARALDEHIDO 123-63-7 2 3 1
733 PARAQUAT 4685-14-7 4 4 2 4 4 2 K
734 PARATION líquido 56-38-2 4 1 2 4 1 2
735 PENTABORANO 19624-22-7 4 4 2 4 4 2
736 PENTACARBONILO DE HIERRO 13463-40-6 2 3 1 W 3 3 1 K
737 PENTACLORO NAFTALENO 1321-64-8 1 0 0 2 0 0 B
738 PENTACLOROFENOL 87-86-5 3 0 0 3 0 0 I
739 PENTACLORURO DE ANTIMONIO LIQUIDO 7647-18-9 3 0 1
740 PENTACLORURO DE FOSFORO 10026-13-8 3 0 2 W 3 0 2 K
741 PENTAERITRITOL 115-77-5 1 2 0 1 2 0 A
742 PENTAFENOL 2 1 0
743 PENTAFLUORURO DE ANTIMONIO 7783-70-2 4 0 1
744 PENTAFLUORURO DE ARSENICO 7784-36-3 4 0 1
745 PENTAFLUORURO DE AZUFRE 5714-22-7 3 0 0 3 0 0 K
746 PENTAFLUORURO DE BROMO (fluoruro de bromo) 7789-30-2 4 0 3 OXW 4 0 3 K
747 PENTANO 109-66-0 1 4 0 1 4 0 B
748 PENTASULFURO DE ALUMINIO 1314-80-3 3 1 1
749 PENTASULFURO DE FOSFORO 1314-80-3 2 1 2 W 3 1 2 K
750 PENTENO, 1(amileno) 109-76-1 1 4 0
751 PENTOXIDO DE ARSENICO 1303-28-2 3 0 0
752 PENTOXIDO DE VANADIO 1314-62-1 3 0 0 3 0 0 E
753 PERCLORATO DE AMONIO 7790-98-9 1 0 4 OX
754 PERCLORATO DE MAGNESIO 1 0 0 OX
755 PERCLORATO DE SODIO 2 0 2 OX
756 PERCLOROETILENO(tetracloroetileno) 127-18-4 2 0 0 4 0 0 K
757 PERCLOROMETILMERCAPTANO 594-42-3 4 1 1 4 1 1 G
758 PERMANGANATO DE AMONIO 13446-10-1 0 0 3 OX
759 PERMANGANATO DE POTASIO 7722-64-7 1 0 0 OX
760 PEROXIDO DE ACETILO 110-22-5 1 2 4
761 PEROXIDO DE BARIO 1304-29-6 1 0 0 OX
762 PEROXIDO DE BENZOILO 94-36-0 1 4 4 OX 4 4 4 E
763 PEROXIDO DE HIDROGENO SOLUCION ACUOSA (
CON 40% a 60 % )
7722-84-1 2 0 1 OX 4 0 1 K
NFPA HMIS
No. SUSTANCIAS CAS
S I R RE S I R EPP
764 PEROXIDO DE HIDROGENO SOLUCION
ACUOSA,ESTABILIZADA (MENOS DEL 60%)
7722-84-1 2 0 1 OX 4 0 1 K
765 PEROXIDO DE HIIDROGENO SOLUCION
ACUOSA(con mas del 60% )
7722-84-1 2 0 3 OX 4 0 3 K
766 PEROXIDO DE METIL ETIL CETONA 1338-23-4 3 2 3 OX 3 2 3 K
767 PEROXIDO DE NITROGENO, LICUADO 10102-44-0 3 0 0 OX
768 PEROXIDO DE POTASIO 17014-71-0 3 0 1 OX
769 PEROXIDO DE SODIO 1313-60-6 3 0 1 OX
770 PERSULFATO DE POTASIO 1 0 0 OX
771 PETROLEO CRUDO 8002-05-9 1 3 0
772 PETROLEO,DESTILADOS DE( NAFTA, SOLVENTE
STODDARD,GASOLINA)
VARIOS 1 3 0 3 3 0 B
773 PICLORAM 1918-02-1 2 1 0 3 1 0 I
774 PIPERAZINA 110-85-0 2 2 0
775 PIPERIDINA 110-89-4 3 3 0
776 PIRETRUM 8003-34-7 2 2 0 2 2 0 B
777 PIRIDINA 110-86-1 3 3 0 2 3 0 B
778 PIROFOSFATO DE TETRAETILO Y MEZCLA DE
GASES COMPRIMIDOS
4 1 0 4 1 0 K
779 PIRROLIDINA(tetrahidropirrol) 2 3 1
780 PIRROLO(azolo) 7439-92-1 2 2 0
781 PLATA 7440-22-4 1 1 0 2 1 0 B
782 PLATINO (como Pt) 7440-06-4 2 1 1 3 1 1 B
783 PLOMO, POLVOS INORGANICOS, HUMOS Y
POLVOS
7439-92-1 2 1 0 4 1 0 E
784 POTASIO 7440-09-7 3 3 2 W
785 PROPANO 74-98-6 1 4 0 1 4 0 A
786 PROPILAMINA 107-10-8 3 3 0
787 PROPILEN GLICOL(metil etile glicol) 57-55-6 0 1 0
788 PROPILENIMINA,INHIBIDA 75-55-8 2 3 0 4 3 0 K
789 PROPILENO 115-07-1 1 4 1 1 4 1 C
790 PROPILTRICLOROSILANO 141-57-1 3 3 1
791 PROPIONALDEHIDO 123-38-6 2 3 2
792 PROPIONATO DE AMILO 0 2 0
793 PROPIONATO DE BUTILO 590-01-2 2 3 0
794 PROPIONATO DE ETILO 140-88-5 n
d
3 0
795 PROPIONATO DE METILO 554-12-1 1 3 0
796 QUINONA 106-51-4 1 2 2 4 2 2 J
797 RESORCINOL(dihidroxibenzol) 108-46-3 n
d
1 0 4 1 0 F
798 RODINOL 106-22-9 0 1 0
799 RODIO, METAL, HUMOS Y POLVO (como Rh) 7440-16-6 1 1 0 2 1 0 B
800 RODIO,SALES SOLUBLES COMO Rh 7440-16-6 1 2 0 2 2 0 B
801 RONNEL 299-84-3 2 0 0 4 0 0 I
802 ROSINA (productos de la pirólisis de las varillas
desoldadura)
8050-09-7 2 0 0 2 0 0 A
803 ROTENONA 83-79-4 2 0 0 3 0 0 I
804 SACAROSA(azucar) 57-50-1 1 1 0 3 1 0 E
805 SALICILATO DE BENCILO 118-58-1 1 1 0
806 SALICILATO DE METILO 119-36-8 1 1 0
807 SELENIURO DE HIDROGENO, ANHIDRO 7783-07-5 3 4 0 3 4 0 K
808 SILANO 7803-62-5 1 4 3 2 4 3 B
809 SILICATO DE CALCIO (mono silicato de calcio) 1344-95-2 0 0 0 1 0 0 B
810 SILICATO DE ETILO 78-10-4 2 2 0 2 2 0 B
811 SILICATO DE METILO(ortosilicato de metilo) 681-84-5 3 3 1 3 3 1 D
NFPA HMIS
No. SUSTANCIAS CAS
S I R RE S I R EPP
812 SILICIO 7440-21-3 1 1 1 1 1 1 B
813 SODIO 7440-23-5 3 3 2 W
814 SODIO POTASIO, ALEACIONES DE 11135-81-2 3 3 2 W
815 SUBTILICINAS (enzimas proteolíticas como enzima ) VARIOS 2 0 0 2 0 0 D
816 SUCCINATO DE DIETILO 123-25-1 1 1 0
817 SULFAMATO DE AMONIO (ammate) (sal
monoamonico del ácido sulfamico)
7773-06-0 1 1 1 1 1 1 A
818 SULFATO DE AMONIO 7783-20-2 3 0 0
819 SULFATO DE DIETILO 64-67-5 3 1 1
820 SULFATO DE DIMETILO 77-78-1 4 2 0 4 2 0 K
821 SULFATO DE NIQUEL (II 7786-81-4 n
d
n
d
n
d
822 SULFOTEP(tedp) 3689-24-5 2 0 0 3 0 0 K
823 SULFOXIDO DE DIMETILO 7773-06-0 1 1 0
824 SULFURO DE AMONIO 1 1 1 1 1 1 A
825 SULFURO DE CARBONO 75-15-0 3 4 0
826 SULFURO DE DIAMILO 2 2 0
827 SULFURO DE DIMETILO 75-18-3 1 4 0
828 SULFURO DE POTASIO, ANHIDRO O CON MENOS
DEL 30 %
1312-73-8 3 1 0
829 SULFURO DE SODIO,ANHIDRO 1313-82-2 3 1 1
830 TALIO, COMPUESTOS SOLUBLES (como Ta) 7440-28-0 1 1 0 2 1 0 A
831 TANTALO 7440-25-7 1 1 0 2 1 0 B
832 TEDP(pirofosfato de tetraetilo) 107-49-3 4 1 0 4 1 0 K
833 TELURIO Y COMPUESTOS (como Te) 13494-80-9 1 1 0 3 1 0 E
834 TER BUTIL CROMATO (COMO Cr O2) (di ter butil
ester de ácido cromico)
1189-85-1 2 2 1 2 2 1 B
835 TERFENILOS,o,m 26140-60-3 0 1 0 2 1 0 B
836 TETRA ETILEN GLICOL( dibutoxido de tetraglicol) 79-27-6 1 1 0
837 TETRABROMOETANO( Tetrabromuro de acetileno) 79-27-6 3 0 1 3 1 0 K
838 TETRABROMURO DE CARBONO
(tetrabromometano)
558-13-4 2 0 0 3 0 0 K
839 TETRACLORO NAFTALENO 1335-88-2 1 1 0 2 1 0 B
840 TETRACLORO-1,1,1,2DIFLUOROETANO-2,2 76-11-9 2 0 0 2 0 0 B
841 TETRACLORO-1,1,2,2,DIFLUOROETANO-1,2 76-12-0 2 0 0 2 0 0 B
842 TETRACLOROBENCENO 79-34-5 0 1 0
843 TETRACLOROETANO 1,1,2,2 79-34-5 2 0 1 3 0 1 K
844 TETRACLORURO DE CARBONO (halón
104,tetraclorometano)
56-23-5 3 0 0 3 0 0 K
845 TETRACLORURO DE SILICIO 10026-04-7 3 0 2 W
846 TETRACLORURO DE TITANIO 7550-45-0 3 0 2 W
847 TETRACLORURO DE VANADIO 7632-51-1 3 0 2 W
848 TETRACLORURO DE ZIRCONIO 10026-11-6 3 0 2 W
849 TETRADECANOL 75-74-1 0 1 0
850 TETRAETILO DE PLOMO (como Pb) 78-00-2 3 2 3 3 2 3 K
851 TETRAFLUOROETILENO,INHIBIDO 116-14-3 2 4 3
852 TETRAFLUORURO DE AZUFRE 7783-60-0 3 0 2 W 3 0 2 K
853 TETRAFLUORURO DE SILICIO 7783-61-1 3 0 2 W
854 TETRAHIDROFURANO 109-99-9 2 3 1 2 3 1 B
855 TETRAHIDRURO DE GERMANIO 7782-65-2 4 4 3 4 4 3 K
856 TETRANITROMETANO 509-14-8 2 1 4 3 1 4 K
857 TETROXIDO DE OSMIO 20816-12-0 4 1 2 4 1 2 I
858 TIOBIS -4,4 (6-ter-BUTIL-m-CRESOL) 96-69-5 1 1 0 1 1 0 A
859 TIOCIANATO DE PLOMO 592-87-0 1 1 1
860 TIOFENO 110-02-1 2 3 0
NFPA HMIS
No. SUSTANCIAS CAS
S I R RE S I R EPP
861 TIOXANO-1,4 2 2 0
862 TIRAM 137-26-8 2 1 0 4 1 0 I
863 TOLUENO(toluol) 108-88-3 2 3 0 3 3 0 G
864 TOLUIDINAS LIQUIDAS,o 95-53-4 3 2 0 3 2 0 K
865 TOLUIDINAS SOLIDAS,p 106-49-0 3 2 0 3 2 0 K
866 TOXAFENO 8001-35-2 3 1 0 4 1 0 K
867 TRIAMIL BENCENO 0 1 0
868 TRIAMINA 10294-33-3 2 1 0
869 TRIBROMURO DE BORO (tribromo borano) 10294-33-4 3 0 2 W 4 0 2 K
870 TRIBROMURO DE FOSFORO 7789-60-8 3 0 2 W
871 TRIBUTIL FOSFINA 14264-16-5 0 1 0
872 TRIBUTIL FOSFITO 102-85-2 2 1 1
873 TRIBUTILAMINA 102-82-9 3 2 0
874 TRICARBONIL CICLOPENTADIENIL MANGANESO 12079-75-1 2 1 0 2 1 0 B
875 TRICLORO 1,1,2-TRIFLUOROETANO 1,2,2, 76-13-1 1 1 0 1 1 0 B
876 TRICLORO NAFTALENO 1321-65-9 1 1 0 2 1 0 B
877 TRICLORO PROPANO-1,2,3 96-18-4 3 2 0 3 2 0 K
878 TRICLOROBENCENO-1,2,4 120-82-1 2 1 0 3 1 0 G
879 TRICLOROETANO 1,1,1(CLOROFORMO DE METILO) 71-55-6 2 1 0 3 1 0 K
880 TRICLOROETANO 1,1,2 79-00-5 2 1 0 3 1 K
881 TRICLOROETILENO 79-01-6 2 1 0 4 2 0 K
882 TRICLOROETILSILANO 120-82-1 3 3 0
883 TRICLOROFLUOROMETANO 75-69-4 1 0 0 1 0 0 A
884 TRICLOROSILANO 10025-78-2 3 4 2 W
885 TRICLOROSILANO DE BUTILO 7521-80-4 2 2 0
886 TRICLORURO ARSENICO (Cloruro arsenico) 7784-34-1 3 0 0
887 TRICLORURO DE CROMO 10025-73-7 3 0 0
888 TRICLORURO DE FOSFORO 7719-12-2 4 0 2 W 3 0 2 K
889 TRIETILAMINA 121-44-8 3 3 0 3 3 0 G
890 TRIETILENTETRAMINA 112-24-3 3 1 0
891 TRIFENILFOSFATO 115-86-6 2 1 0 2 1 0 B
892 TRIFENILMETANO 0 1 0
893 TRIFLUORO BROMO METANO 75-63-8 1 0 0 1 0 0 A
894 TRIFLUORURO DE BENCENO 7789-30-2 3 3 1
895 TRIFLUORURO DE BORO (trifluoruro borano) 7637-07-2 4 0 1 4 0 1 K
896 TRIFLUORURO DE BROMO 7787-71-5 4 0 3 W
OX
897 TRIFLUORURO DE CLORO 7790-91-2 4 0 3 W
OX
4 0 3 K
898 TRIFLUORURO DE NITROGENO 7783-54-2 2 1 3 2 1 3 B
899 TRIMETIL BENCENOS 25551-13-7 0 2 0 2 2 0 B
900 TRIMETILAMINA,ANHIDRO 75-50-3 3 4 0 3 4 0 B
901 TRIMETILCLOROSILANO 75-77-4 3 3 2 W
902 TRIMETOXISILANO 2487-90-3 4 3 2
903 TRINITROBENCENO 118-96-7 2 4 4
904 TRINITROFENILMETILNITRAMINA-2,4,6 (tetril) 479-45-8 2 1 4 2 1 4 B
905 TRINITROTOLUENO,2,4,6(TNT) 118-96-7 2 4 4 3 4 4 K
906 TRIOXIDO DE ANTIMONIO (uso-manipulación, como
Sb)(producción)
1309-64-4 0 1 0 4 1 0 E
907 TRIOXIDO DE ARSENICO 1327-53-3 3 0 0
908 TRIOXIDO DE NITROGENO 10544-73-7 3 0 0 OX
909 TRIPROPIL ALUMINIO 102-67-0 3 4 3 W 3 4 3 K
910 TRIPROPILEN GLICOL 24800-44-0 0 1 0
911 TRIPROPILENO 0 3 0
912 TRISULFURO ARSENICO 1303-33-9 3 0 0
NFPA HMIS
No. SUSTANCIAS CAS
S I R RE S I R EPP
913 TRISULFURO DE ANTIMONIO 1345-04-6 4 0 1
914 TUNGSTENO Y COMPUESTOS (como W) 7440-33-7 2 1 0 3 1 0 E
915 UNDECANOL, 2 1 1 0
916 URANIO 7440-61-1 2 1 1 2 1 1 A
917 VALERALDEHIDO,n- 110-62-3 1 3 0 3 3 0 H
918 VANADIO POLVOS Y HUMOS 1314-62-1 3 0 0 3 0 0
919 VINIL BUTIL ETER 111-34-2 2 3 2
920 VINIL CROTANATO 14861-06-4 2 3 2
921 VINIL PROPIONATO 105-38-4 2 3 2
922 VINILTOLUENO, INHIBIDO 25013-15-4 2 2 2 3 2 2 G
923 VM y P NAPHTA 8032-32-4 1 3 0 2 3 0 A
924 WARFARIN 81-81-2 4 1 0 4 1 0 E
925 XILENO (o-m-p-isómeros)(dimetilbenceno) o 95-47-6,
m 108-38-3,
p 106-42-3,
mezclados
1330-20-7
2 3 0 3 3 0 G
926 XILIDINAS 87-59-2 3 1 0 3 1 0 G
927 YESO (gypsum, Plaste de Paris, Sulfato de Calcio) 7778-18-9 0 0 0 1 0 0 A
928 YODO 7553-56-2 2 1 0 2 1 0 A
929 YODOFORMO 75-47-8 2 0 2 3 0 2 K
930 YODURO DE METILO 74-88-4 3 0 0 3 0 0 K
931 ZIRCONIO, POLVO 7440-67-7 1 4 1 W 1 4 1 A

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